Las Escuelas de Formación (ATOs, escuelas de ultraligeros y escuelas de vuelo sin motor) autorizadas por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) que impartan la formación de pilotos de drones, básico y avanzado, o la formación para la obtención de la calificación de radiofonista, podrán realizar toda la formación teórica y exámenes online, durante el estado de alarma por Covid-19.
Las organizaciones de formación, fabricantes de Drones/RPAS, organizaciones capacitadas por el fabricante y operadores de Drones/RPAS, que impartan la formación práctica de pilotos remotos podrán realizar la formación teórico-práctica y el examen correspondiente de manera telemática mediante videoconferencias.
El número de alumnos presentes en las videoconferencias ha de ser tenido en cuenta, limitándose en su caso, para garantizar la adecuada formación y supervisión, así como una correcta interacción entre el alumno y el profesor y, del mismo modo, se han de considerar los restantes elementos que acompañen la formación. Adicionalmente, las plataformas utilizadas para la realización de formación y exámenes deberán garantizar la correcta e inequívoca identificación de los alumnos.
En todo caso, se debe seguir cumpliendo con el resto de los objetivos y requisitos desarrollados en el apéndice I, entre otros la impartición completa de los temarios, control de asistencia de los alumnos a la formación, registros de exámenes, etc.