En los próximos 15 días llegarán a Baleares 47 vuelos desde distintos aeropuertos alemanes dentro del programa piloto de apertura de corredores turísticos seguros y levantamiento parcial de los controles temporales de fronteras autorizado por el Ministerio de Sanidad, según la orden que hoy publica el Boletín Oficial del Estado.
En virtud de dicha orden, entre el próximo lunes y el día 27 se han programado 38 vuelos con origen en Alemania y destino Palma de Mallorca, ocho con llegada a Ibiza y uno a Mahón. Se exceptuará a estos viajeros de la obligación de guardar periodo de cuarentena.
Según Sanidad, “resulta recomendable la puesta en marcha de programas piloto mediante el establecimiento de corredores turísticos seguros, con carácter previo a la finalización del estado de alarma, para poder comprobar el funcionamiento del modelo de levantamiento de los controles temporales de las fronteras interiores y la recuperación de la libertad de circulación”.
De esta forma podrá realizarse con garantías el seguimiento, la identificación y el aislamiento de posibles casos de Covid-19, con un número de turistas muy inferior al que previsiblemente puede haber posteriormente. Para ello, sería necesaria una monitorización de turistas en destino.
Esta orden tiene por objeto regular la puesta en marcha, a partir del 15 de junio de 2020, de programas piloto para el establecimiento de corredores turísticos seguros hacia la Comunidad Autónoma de Baleares, mediante el levantamiento parcial de los controles temporales en las fronteras interiores. A estos efectos, se permitirá, desde esa fecha, la entrada de turistas a la citada comunidad autónoma, procedentes de Estados miembros o Estados asociados Schengen, a través de rutas aéreas específicas.
Se permite así la entrada en el territorio nacional a través de las fronteras interiores a las personas que entren a la Comunidad Autónoma de Balears por los corredores turísticos seguros.
Los turistas que accedan al territorio nacional a través de los corredores turísticos deberán estar en disposición de aportar prueba de billete de ida y vuelta desde el aeropuerto de origen del corredor turístico, así como de alojamiento en la Comunidad Autónoma de Illes Balears por todo el periodo de estancia, que no podrá ser inferior a cinco noches.
Los aeropuertos de origen y de destino, así como las compañías aéreas que vayan a hacer los vuelos dentro del corredor turístico seguro, deberán formar parte del Programa Voluntario de Monitorización de la Implementación del Protocolo Operativo de EASA para el Covid-19 o tener implantadas las recomendaciones de la Agencia de la Unión Europea para la Seguridad Aérea (EASA), a partir del 15 de junio de 2020, o, en su caso, a partir del momento en que se vayan a efectuar los vuelos.
Las compañías aéreas que vayan a operar en el corredor turístico seguro y en los aeropuertos de origen y destino comunicarán a la Comunidad Autónoma de Baleares el cumplimiento de las recomendaciones EASA/Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades (ECDC). A tal efecto, presentarán una declaración indicando que forman parte del Programa Voluntario de Monitorización de la Implementación del Protocolo Operativo de EASA o que tienen implantadas las recomendaciones de EASA, o que las van a tener implantadas partir del 15 de junio de 2020 o, en su caso, a partir del momento en que se vayan a efectuar los vuelos. Las compañías aéreas también deberán informar del número máximo de plazas diarias que pretendan comercializar dentro del corredor turístico seguro. Deberán también facilitar el formulario de salud pública para localizar a los pasajeros (Passanger Location Card), contemplado en el anexo sobre facilitación de la Convención Internacional de Aviación Civil, que deberá portar el viajero a la llegada a España.
En el aeropuerto de llegada, el personal de Sanidad Exterior llevará a cabo los controles sanitarios necesarios, lo que incluirá el control documental en base a la Passanger Location Card y cualquier otro que se estime oportuno vinculado al cumplimiento por los turistas de los requisitos previstos en esta orden.