Por una Resolución de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), que publica este lunes el Boletín Oficial del Estado (BOE) se amplía la de 16 de diciembre de 2016, relativa a la realización de los exámenes electrónicos de conocimientos teóricos para la obtención de títulos, licencias y habilitaciones aeronáuticos civiles, por la que se establecen las bases para su desarrollo.
Debido a la gran demanda de formación de pilotos profesionales que está siendo debidamente atendida por las organizaciones de enseñanza (ATOs) y con objeto de atender satisfactoriamente las necesidades del sector, la AESA considera necesario ampliar tanto las sedes de celebración de los exámenes teóricos de las licencias de pilotos profesionales, como las fechas de realización de los mismos, aprovechando las instalaciones con medios técnicos de las propias organizaciones y el desarrollo de exámenes por vía electrónica que gestiona y controla AESA.
Las organizaciones de formación aprobadas (ATOs) de conformidad con el párrafo primero del artículo 10 bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 1178/2011 por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relacionados con el personal de vuelo de la aviación civil, que además estén habilitadas para impartir formación a pilotos profesionales para la obtención de una licencia de piloto comercial (CPL), licencia de piloto con tripulación de vuelo múltiple (MPL) o licencia de piloto de transporte de línea aérea (ATPL), así como la habilitación de vuelo instrumental (IR) o la habilitación de vuelo instrumental en ruta (EIR), pueden solicitar a la División de Licencias al Personal Aeronáutico de AESA ser sede para la celebración de exámenes FCL siempre y cuando dispongan de los requisitos de organización y técnicos que se encuentran publicados en la web de AESA http://www.seguridadaerea.gob.es/.
Para ello deben presentar un mínimo de matrículas correspondientes a 100 exámenes (materias) de alumnos aspirantes a licencias profesionales durante el desarrollo de una sesión de cinco días laborables consecutivos.
Las solicitudes se presentarán a la División de Licencias al Personal Aeronáutico de AESA cumplimentando el formulario publicado en la web de AESA donde la organización especificará entre otros, los medios técnicos de que dispone declarando el cumplimiento de los requisitos técnicos y de organización exigidos, número de alumnos de la escuela con expresión de la terminación de su formación para realizar exámenes teóricos de licencias profesionales y las fechas de las convocatorias en que desean celebrar los exámenes con una anticipación de mínimo tres meses.
Estas solicitudes se resolverán teniendo en cuenta la evaluación de los medios de la organización, las matrículas previstas y disponibilidad previstas para cada ejercicio por parte de AESA.