El Tribunal General de la Unión Europea ha desestimado el recurso de la aerolínea Wizz Air sobre la ayuda concedida por Rumanía a la compañía aérea nacional Tarom para compensar los perjuicios sufridos debido a la pandemia de Covid-19 Dicha ayuda, que asciende a casi dos millones de euros, es compatible con el mercado interior
El 3 de febrero de 2022 Rumanía notificó a la Comisión una ayuda individual en forma de ampliación de capital, destinada a la compañía aérea rumana Tarom. Dicha ayuda se financia con cargo al presupuesto general del Estado de Rumanía y está destinada a indemnizar a Tarom por los perjuicios sufridos en 14 rutas internacionales concretas entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2020 como consecuencia de las restricciones de viaje relacionadas con la pandemia de Covid-19.
El 29 de abril de 2022, la Comisión declaró dicha ayuda compatible con el mercado interior, en virtud del artículo 107 TFUE, apartado 2, letra b), sin incoar el procedimiento de investigación formal. Una compañía aérea competidora, Wizz Air, impugna esa decisión ante el Tribunal General, que desestima hoy su recurso.
El Tribunal General recuerda, en particular, que están autorizadas las ayudas que reparan perjuicios causados por acontecimientos excepcionales, como la pandemia de Covid-19, y que la finalidad de la medida controvertida era compensar a Tarom por los perjuicios que alegaba haber sufrido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2020 debido a las restricciones de desplazamiento relacionadas con dicha pandemia y vigentes durante ese período. A continuación, el Tribunal General confirma que la Comisión evaluó correctamente la proporcionalidad de la ayuda concedida a Tarom y que la medida controvertida no dio lugar a una compensación excesiva.
A ese respecto, el Tribunal General ha considerado, entre otras cosas, que la Comisión había calculado con precisión, y sobre la base de un análisis contrafáctico adecuado, las pérdidas directamente causadas a Tarom por las restricciones de desplazamiento vigentes durante el período en cuestión, y que había comprobado efectivamente que Tarom había adoptado medidas razonables para limitar los daños sufridos durante ese período.
Además, el Tribunal General también rechaza las alegaciones de Wizz Air de que la Comisión no tuvo en cuenta la ayuda de salvamento concedida anteriormente a Tarom en virtud del artículo 107 TFUE, apartado 3, letra c), y de que la Comisión subestimó la ventaja competitiva obtenida por Tarom. Por una parte, la ayuda anterior y la medida controvertida son distintas y no cubren los mismos costes y, por otra parte, la Comisión no está obligada a considerar una eventual ventaja de la que Tarom se hubiera beneficiado indirectamente, como la ventaja competitiva alegada por Wizz Air.