La Comisión Europea ha aprobado una medida de ayuda italiana de 39,7 millones de euros para apoyar a Alitalia en consonancia con las normas de ayuda estatal de la UE. Esta medida tiene como objetivo compensar a la aerolínea por los daños sufridos en determinadas rutas por el brote de coronavirus durante el periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de abril de 2021.
Alitalia es una de las principales aerolíneas de la red que opera en Italia. Con una flota de más de 95 aviones. En 2019, la compañía sirvió a cientos de destinos en todo el mundo, transportando alrededor de 20 millones de pasajeros desde su centro principal en Roma y otros aeropuertos italianos a varios destinos internacionales.
Las restricciones impuestas en Italia y otros países para limitar la propagación de una segunda y tercera olas de la pandemia de coronavirus han afectado en gran medida las operaciones de Alitalia. Como resultado, la aerolínea incurrió en pérdidas operativas significativas hasta al menos el 30 de abril de 2021.
El 25 de junio de 2021, Italia notificó a la Comisión una medida de ayuda adicional para compensar a Alitalia por los daños adicionales sufridos en determinadas rutas específicas desde el 1 de marzo hasta el 30 de abril de 2021 debido a las medidas de emergencia necesarias para limitar la propagación del virus. La ayuda adoptará la forma de una subvención directa de 39,7 millones de euros, que corresponde al daño estimado causado directamente a la aerolínea en ese período según un análisis ruta por ruta de las rutas elegibles. Esto sigue a las decisiones de la Comisión de 12 de mayo de 2021, 26 de marzo de 2021, 29 de diciembre de 2020 y 4 de septiembre de 2020 por las que se aprueban medidas italianas de indemnización por daños a favor de Alitalia, indemnizando a la aerolínea por los daños sufridos del 1 al 31 de enero de 2021, del 1 de noviembre al 31 de diciembre. 2020, del 16 de junio al 31 de octubre de 2020 y del 1 de marzo al 15 de junio de 2020, respectivamente.
La Comisión evaluó la medida con arreglo al artículo 107, apartado 2, letra b), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que permite a la Comisión aprobar medidas de ayuda estatal concedidas por los Estados miembros para indemnizar directamente a empresas o sectores específicos por daños causado por sucesos excepcionales. La Comisión considera que el brote de coronavirus es un hecho tan excepcional, ya que se trata de un evento extraordinario e imprevisible que tiene un impacto económico significativo. En consecuencia, se justifican las intervenciones excepcionales del Estado miembro para compensar los daños vinculados al brote.
Además, la Comisión concluyó que la medida italiana compensará los daños sufridos por Alitalia que están directamente relacionados con el brote de coronavirus que califica como suceso excepcional. El daño se calcula como la pérdida de rentabilidad en ciertas rutas debido a las restricciones de viaje y otras medidas de contención durante el período relevante. También consideró que la medida es proporcionada, ya que el análisis cuantitativo ruta por ruta presentado por Italia identifica adecuadamente el daño atribuible a las medidas de contención y, por lo tanto, la compensación no excede de lo necesario para reparar el daño en esas rutas.
Sobre esta base, la Comisión concluyó que la medida adicional italiana de indemnización por daños se ajusta a las normas de la UE sobre ayudas estatales.