El Tribunal Supremo ha condenado al ex ministro José Luis Ábalos, a su exasesor Koldo García y al empresario Víctor de Aldama, entre otros delitos, por uno de cohecho en la modalidad prevista en el art. 422 del Código Penal, al recibirse en pago de la gestión realizada en su beneficio en relación con las gestiones llevadas a cabo para el rescate de la compañía aérea Air Europa.
Según el Supremo, “Víctor de Aldama asesoraba a la compañía Air Europa, de la que era gerente Javier Hidalgo. Como consecuencia de la crisis económica derivada de la pandemia de Covid-19, se analizó la conveniencia de un rescate económico de la compañía Air Europa. Como quiera que las dificultades económicas de la compañía se vieron incrementadas por las exigencias y las amenazas de acreedores, Aldama interesó de José Luis Ábalos, a través de Koldo García, que el Ministerio de Transportes emitiera una nota de prensa, en la que, de alguna manera, se anticipara la concesión del rescate, con la finalidad de tranquilizar a los acreedores de la aerolínea. José Luis Ábalos, asumió la petición y encargó la redacción de una nota al secretario de Estado de Infraestructuras”.
“Tras reuniones y comunicaciones con los acusados, el día 6 de agosto de 2020 se redactó un comunicado, que fue difundido a determinados medios de comunicación nacional el siguiente día 7 de agosto de 2020, consiguiéndose el objetivo pretendido por Víctor de Aldama y por la compañía Air Europa de tranquilizar a los acreedores de la compañía aérea”, añade el Tribunal Supremo.
“En pago a las gestiones realizadas en relación con el rescate de Air Europa, Víctor de Aldama, con la colaboración de Koldo García y el conocimiento y asentimiento de José Luis Ábalos, gestionaron el arrendamiento de una vivienda en la localidad de Marbella (Villa Parra), en la que José Luis Ábalos y su familia disfrutaron -sin abonar renta alguna- de unas vacaciones durante los días 14 a 23 de agosto de 2020”,
“El disfrute gratuito de una vivienda en Marbella, durante el periodo vacacional, en pago de las gestiones previamente realizadas por los acusados José Luis Ábalos y Koldo García y el pago de la renta, con fondos entregados previamente por Víctor de Aldama, es legalmente constitutivo de un delito de cohecho, en la modalidad prevista en el art. 422 CP, al recibirse en pago de la gestión realizada en su beneficio”, concluye el Tribunal Supremo.
Por este y otros delitos de cohecho, más otros delitos de organización criminal, malversación y tráfico de influencias, la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha condenado al exministro José Luis Ábalos a 24 años y tres meses de prisión y a su exasesor Koldo García a 19 años, ocho meses y un día de prisión por delitos de organización criminal, cohecho, malversación y tráfico de influencias.
Al empresario Víctor de Aldama, al que se aplica la atenuante muy cualificada de colaboración con la Justicia, le ha condenado a cuatro años y seis meses de prisión por delitos de organización criminal y cohecho. El tribunal ha acordado suspender la ejecución de la pena por su aportación al descubrimiento de los delitos y a condición de no delinquir, presentar un informe semestral de actividades y realizar trabajos en beneficio de la comunidad durante un año.











