Madrid.- El Tribunal de Cuentas solicita a Aena que especifique con más detalle las condiciones de sus concursos de contratación de arrendamiento con el objetivo de conseguir una mayor transparencia y evitar comportamientos arbitrarios en su tramitación.
Así, en el “Informe de fiscalización de los contratos de cesión, arrendamiento o enajenación de bienes inmuebles y derechos de la propiedad incorporal más significativos formalizados por las empresas estatales durante los ejercicios 2013, 2014 y 2015” del Tribunal de Cuentas se han analizado 26 contratos (de importe igual o superior a 10 millones) que suponen el 78,1% del total del importe de este tipo de contratos y que se ha cuantificado en 3.038 millones de euros. Del conjunto de estos contratos y por un importe de 2.970 millones de euros, corresponden a 23 que fueron formalizados por tres entidades: Aena, ADIF y Adif-Alta Velocidad.
Asimismo, además de analizar los contratos de importe igual o superior a 10 millones, también se han fiscalizado otros nueve contratos de inferior importe, debido a que estos forman parte de dos expedientes de contratación de Aena, por un importe total de 25 millones de euros. En estos contratos se licitaba el arrendamiento de locales muy similares y contiguos, por lo que se consideró que, en cada uno de estos expedientes, se realizaba el reparto de un espacio común. Esta circunstancia justificaba su análisis.
En relación con estos contratos, la fiscalización ha comprobado que, en algunos expedientes, los pliegos de las licitaciones no incluían la puntuación de los subconceptos ni los criterios para asignar la puntuación de los conceptos y que, en otros, el informe de valoración de las ofertas técnicas, valoraba de forma coherente y motivaba sus valoraciones a nivel de concepto, pero no justificaba las puntuaciones concretas dadas ni , en algunos casos concretos, seguían los criterios establecidos en los pliegos.
Estos comportamientos suponen un menoscabo de la transparencia, así como el riesgo de que antes de la presentación de ofertas se pudiera informar a los licitadores sobre los aspectos descritos.
En relación con las conclusiones que afectan a contratos de Aena, estas señalan que los contratos para el arrendamiento de espacios comerciales dedicados a Travel Retail en los aeropuertos se ven afectados, por la cláusula de subrogación, en las relaciones laborales del personal, que se ha venido introduciendo en los sucesivos convenios colectivos de ese sector desde mediados del ejercicio 2012. Estos prevén que la subrogación opere, con independencia de que la actividad de Travel Retail que se preste en un local o espacio físico concreto, sea diferente a la que el anterior operador en ese mismo lugar viniera prestando, por lo que el nuevo operador tendría que asumir personal no cualificado.
La subrogación también es independiente de la posibilidad de que exista una menor necesidad de personal, ocasionada por la reducción del espacio o por la reubicación de local que surjan con la nueva licitación. En la práctica, esto supone que los licitadores descuenten en sus ofertas todos los posibles costes necesarios para adecuar el personal a la realidad del negocio o que los posibles interesados no presenten ofertas por no poder hacerse cargo de esos costes, pudiendo ocasionar que se queden locales sin arrendar. Todo ello va en detrimento del ingreso por arrendamiento de locales para Aena.
El informe concluye con unas recomendaciones, entre las que destacan que los pliegos de los expedientes de contratos de arrendamiento deben detallar los aspectos a valorar, los criterios para puntuar y la puntuación por subconceptos. En la valoración de las ofertas técnicas presentadas por los licitadores hay que justificar adecuadamente tanto los motivos por los que se da la puntuación como los cálculos para llegar a la puntuación dada en concreto a cada aspecto de la oferta. Y que los manuales de procedimientos detallen lo más posible las fases de la licitación de esos arrendamientos y otros aspectos relevantes de los procedimientos de contratación.