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El Parlamento Europeo acuerda reforzar los derechos de los pasajeros aéreos con más protección ante retrasos y cancelaciones

16/06/2026
en Transporte
Pasajeros aeropuerto

El Parlamento Europeo ha dado un paso decisivo en la actualización de la normativa sobre derechos de los pasajeros aéreos al alcanzar un acuerdo provisional con el Consejo que refuerza la protección de los viajeros frente a incidencias como retrasos, cancelaciones o denegaciones de embarque. El texto, respaldado por unanimidad por la delegación parlamentaria en el Comité de Conciliación, supone la primera gran revisión de estas normas desde 2004.

La reforma busca ofrecer mayor seguridad jurídica a los pasajeros y clarificar las obligaciones de las compañías aéreas, incorporando nuevas garantías en aspectos como las compensaciones económicas, la asistencia durante las incidencias, la protección de colectivos vulnerables y la transparencia tarifaria.

La presidenta del Parlamento Europeo, Roberta Metsola, destacó que el acuerdo fortalece los derechos de los pasajeros en toda Europa y aporta mayor transparencia y previsibilidad tanto para los consumidores como para las aerolíneas, al tiempo que evita la creación de cargas burocráticas innecesarias.

Uno de los aspectos centrales del acuerdo es la preservación del derecho a indemnización cuando un vuelo acumule más de tres horas de retraso, sea cancelado con menos de 14 días de antelación o se produzca una denegación de embarque. Los pasajeros mantendrán además el derecho a elegir entre el reembolso del billete o una alternativa de transporte para llegar a su destino.

La cuantía de las compensaciones estará vinculada a la distancia del vuelo. Los pasajeros podrán recibir 250 euros en trayectos de hasta 1.500 kilómetros, 400 euros en vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros y 600 euros en los trayectos de mayor distancia. En los vuelos más largos, las compañías aéreas podrán reducir la indemnización hasta un 50% si ofrecen una alternativa de viaje que permita alcanzar el destino final con una demora máxima de cuatro horas respecto al horario inicialmente previsto.

No obstante, las aerolíneas quedarán exentas de compensar económicamente a los pasajeros cuando las incidencias se produzcan por circunstancias extraordinarias ajenas a su control. Entre ellas figuran fenómenos meteorológicos adversos, catástrofes naturales, conflictos bélicos, pasajeros conflictivos o huelgas que afecten a aeropuertos, servicios de navegación aérea o empresas de asistencia en tierra.

Nuevas obligaciones de asistencia

El acuerdo también refuerza las obligaciones de asistencia a los viajeros afectados por interrupciones en su viaje. Las compañías deberán proporcionar refrigerios cada dos horas de espera y una comida cuando el retraso alcance las tres horas. En situaciones que obliguen a una espera prolongada, también estarán obligadas a ofrecer alojamiento durante un máximo de tres noches. Estas medidas buscan garantizar una atención mínima a los pasajeros mientras se resuelve la incidencia y se organiza una solución de transporte alternativa.

Otra de las novedades introducidas es la simplificación de los procedimientos para reclamar compensaciones. Las compañías aéreas deberán informar electrónicamente a los pasajeros afectados por retrasos o cancelaciones sobre el procedimiento para solicitar una indemnización en un plazo máximo de cuatro días desde la finalización del viaje.

Los viajeros dispondrán de nueve meses para presentar la reclamación, mientras que las aerolíneas tendrán un plazo de 30 días para efectuar el pago correspondiente o justificar la existencia de circunstancias extraordinarias que excluyan la compensación económica.

Además, las empresas deberán explicar claramente los motivos de una eventual denegación y orientar a los pasajeros sobre los mecanismos disponibles para tramitar sus reclamaciones.

Mayor protección para familias y pasajeros vulnerables

La reforma incorpora medidas específicas destinadas a mejorar la protección de determinados colectivos. Entre ellas destaca la obligación de que las compañías aéreas asignen gratuitamente asientos contiguos a cualquier acompañante de un menor de 14 años. Esta garantía también se aplicará a pasajeros con discapacidad o movilidad reducida y a mujeres embarazadas.

Los eurodiputados también han conseguido reforzar los derechos de las personas con discapacidad y movilidad reducida en situaciones en las que pierdan un vuelo por no haber recibido la asistencia necesaria para llegar a tiempo a la puerta de embarque. En estos casos, tendrán derecho a asistencia, transporte alternativo e indemnización.

La revisión normativa introduce igualmente cambios orientados a mejorar la transparencia de los precios de los billetes aéreos. Las nuevas normas reconocen el derecho de los pasajeros a transportar gratuitamente un artículo personal, como una mochila o una bolsa pequeña. Asimismo, las aerolíneas, intermediarios y buscadores deberán mostrar desde el inicio del proceso de reserva el precio del billete incluyendo el equipaje de mano.

El acuerdo permite, sin embargo, que las compañías ofrezcan tarifas reducidas a aquellos pasajeros que opten por viajar sin equipaje de mano. La normativa también elimina determinados cargos adicionales que hasta ahora generaban controversia entre los usuarios. Las aerolíneas ya no podrán cobrar por corregir errores ortográficos en el nombre del pasajero ni exigir pagos por la impresión de tarjetas de embarque una vez realizado el proceso de facturación.

Además, se garantiza el acceso a tarjetas de embarque digitales sin necesidad de disponer de una cuenta de usuario o descargar una aplicación específica. Del mismo modo, los pasajeros no podrán ser rechazados por presentar una copia impresa de una tarjeta de embarque emitida originalmente en formato digital.

Los responsables parlamentarios del expediente han destacado que el acuerdo permite modernizar unas normas que permanecían sin cambios desde hace más de dos décadas, manteniendo la protección de los pasajeros como eje central de la reforma.

Tras el acuerdo alcanzado en el Comité de Conciliación, el texto deberá ser ratificado tanto por el Parlamento Europeo como por el Consejo en el marco del procedimiento de tercera lectura. Ambas instituciones disponen inicialmente de seis semanas para pronunciarse, plazo que podría ampliarse otras dos semanas. Una vez completada la revisión jurídico-lingüística, el Parlamento Europeo prevé someter el acuerdo a votación durante su sesión plenaria de julio, paso previo a su entrada en vigor definitiva.

Tags: derechosParlamento Europeopasajeros aéreos
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