Para el proyecto de ampliación del aeropuerto de El Prat debe aprobarse un Plan Director, según un comunicado hecho público este miércoles por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (MITMA).
En el proceso de ampliación se establecerá una vía específica para que el proyecto se evalúe con carácter vinculante sobre su grado de ajuste en emisiones de gases invernadero a los objetivos de descarbonización que determina el FITFOR55, así como las determinaciones recogidas en la Ley de Movilidad Sostenible para el transporte en general y el transporte aéreo en particular.
Se someterá en todo caso a un proceso especialmente intenso de información pública y consultas con los diferentes organismos y administraciones territoriales para favorecer la participación y la transparencia.
Asimismo, el Plan Director se someterá a una Evaluación Ambiental Estratégica, para analizar si se han tenido en cuenta todas las consideraciones ambientales que permitirán conciliar adecuadamente el desarrollo de la infraestructura con la protección y conservación del medioambiente.
Y sin olvidar, que como es previsible una afección a un espacio que forma parte de la RED NATURA (Laguna Ricarda), deberá tener la conformidad de la propia Comisión Europea.
Por último, el MITMA establece que, de acuerdo con las previsiones temporales y las disposiciones legales de elaboración de los documentos de regulación aeroportuaria y por todas las razones expuestas, la ejecución material de la ampliación no se realizará en el DORA III, salvo las actuaciones de naturaleza ambiental o de naturalización.