Aena ha informado que las medidas cautelares que afectaban al 26,01% de las acciones de London Luton Airport Holdings III Limited (LLAH) han sido anuladas tras un acuerdo entre las partes implicadas. Dichas medidas habían sido impuestas en favor de NextEra Energy Global Holdings B.V. y NextEra Energy Spain Holdings B.V. (conjuntamente, «NextEra»), quienes mantenían un litigio de arbitraje contra el Reino de España.
El conflicto surgió a raíz de una decisión judicial en el Reino Unido que otorgaba a los demandantes un interim charging order sobre el interés beneficial que, según sus abogados, España poseía en las acciones de LLAH y sobre terrenos relacionados con el Aeropuerto de Londres-Luton. Sin embargo, Aena aclaró que no fue parte de este proceso judicial ni fue notificada previamente sobre las medidas cautelares.
El 19 de agosto de 2024, Aena Desarrollo Internacional S.M.E. (ADI), junto con sus socios InfraBridge Investors Crown Bidco y el Grupo LLAH, presentaron una solicitud ante el Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y Gales para que se revocaran dichas medidas, argumentando que España no tenía ningún interés legal o beneficial sobre los bienes embargados y que las medidas cautelares eran un perjuicio injustificado para los recurrentes.
En una carta fechada el 23 de agosto de 2024, los abogados de NextEra manifestaron su intención de llegar a un acuerdo que anulase las medidas cautelares. Finalmente, el 19 de septiembre de 2024, el Tribunal Superior dictó una resolución en la que, tras el acuerdo entre los recurrentes, NextEra y el Reino de España, se desestimó la solicitud de medidas cautelares y se ordenó su revocación. Asimismo, el tribunal condenó a NextEra al pago de las costas legales de los recurrentes.
Este fallo marca un cierre positivo para Aena y sus socios en Luton, eliminando cualquier incertidumbre sobre su participación en el aeropuerto londinense y poniendo fin a las acciones legales en su contra en este caso.











