Madrid.- Pese a las reformas operadas en la normativa básica estatal, el nuevo marco normativo no ha sido internalizado por los Colegios Profesionales, cuyas normas internas siguen reflejando o favoreciendo numerosas restricciones de la competencia, y por tanto habrían quedado derogadas por los cambios legales.
Así concluye el informe sobre los colegios profesionales tras la transposición de la directiva de servicios de la Comisión Nacional de la Competencia hecho público ayer.
El informe constata “la persistencia de numerosos obstáculos al acceso y al ejercicio de las actividades profesionales que se originan o se ven reforzados por la falta de adaptación expresa de las normas que rigen la actividad profesional a las reformas operadas tras la transposición de la Directiva de Servicios y realiza recomendaciones específicas para que se remuevan tales obstáculos”.
El informe considera inacabada la reforma operada en el marco legal estatal, pues queda pendiente delimitar, con carácter unitario para todo el Estado, en qué profesiones debe exigirse la colegiación obligatoria como requisito para poder ejercer.
A la luz del análisis realizado en su informe, la CNC considera pertinente realizar determinadas recomendaciones para un funcionamiento adecuado del sector de los servicios profesionales:
-La CNC insta a los Colegios Profesionales a revisar sus normas internas de funcionamiento (Estatutos, Códigos deontológicos, Reglamentos de régimen interior y demás normas internas de funcionamiento) para adecuarlas al nuevo marco normativo y evitar elementos que puedan restringir la competencia en los mercados al limitar el acceso a las actividades profesionales o la libertad comercial en la prestación de los servicios profesionales. La CNC recomienda también a los Colegios que asuman la obligación de informar de las actividades llevadas a cabo para evitar las restricciones a la competencia identificadas en el informe.
-La CNC insta a las Comunidades Autónomas a revisar sus normativas reguladoras de los servicios profesionales de carácter horizontal para asegurar su total coherencia con las reformas operadas en la legislación básica estatal por la Ley Paraguas y por la Ley ómnibus.
-Se recomienda al Gobierno que establezca de manera justificada el catálogo único para todo el territorio nacional de las profesiones que deben quedar sujetas a colegiación obligatoria, a fin de evitar la dispersión existente en la actualidad.