Madrid.- El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo sobre transporte aéreo entre España y Filipinas, y ha modificado los ya existentes con Argelia y China, ampliando rutas y aportando una mayor flexibilidad para las aerolíneas que cubren estos países.
De este modo, el acuerdo con Filipinas actualiza el marco legal que proporciona cobertura a los enlaces aéreos entre ambos países, adecuándolo a la normativa comunitaria y recoge la fórmula habitual de este tipo de convenios bilaterales sobre servicios aéreos y recoge en su articulado las cláusulas administrativas que la OACI recomienda incluir en este tipo de acuerdos sobre servicios aéreos a sus Estados miembros.
Al tratarse de un Acuerdo de competencia mixta entre España y la Unión Europea (UE), para la conclusión del mismo se han cumplido todos los preceptos del Reglamento (CE) Nº 847/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004, sobre la negociación y aplicación de acuerdos de servicios de transporte aéreo entre Estados miembros y países terceros, al incluir en su articulado los principios y cláusulas estándares establecidos y exigidos por la UE. La Comisión Europea ha dado su conformidad para que España suscriba este Acuerdo.
El acuerdo permitirá a las aerolíneas españolas interesadas que puedan prestar servicios de transporte aéreo con Filipinas, con las garantías jurídicas que ofrecen los tratados internacionales.
El texto negociado es muy flexible en cuanto al régimen de operaciones y el cuadro de rutas, pudiendo operar con cualquier tipo de aeronave y con derechos de tráfico de tercera y cuarta libertades, con un número de frecuencias ilimitado. Los servicios de carga están totalmente liberalizados en cuanto a frecuencias, rutas y tipo de aeronave.
En lo que se refiere al acuerdo con Argelia, el Consejo de Ministros ha aceptado la enmienda al Anexo del Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre España y Argelia, de 2007, que introduce mayor flexibilidad en la elección de puntos en Argelia, puntos intermedios, puntos en España y puntos más allá para las rutas explotadas por compañías de ambos países.
Con respecto a China, el Gobierno ha aprobado un acuerdo aceptando la enmienda al Anexo del Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre España y China, de 1978, que enumera las rutas que pueden ser explotadas por las empresas de los respectivos Estados, introduce mayor flexibilidad en la elección de puntos en China continental, puntos intermedios, puntos en España y puntos más allá para las rutas explotadas por compañías de ambos países, facilitando de esa manera las oportunidades comerciales de las mismas.