Bruselas.- Los Estados miembros de la Unión Europea necesitan reforzar el cumplimiento de los derechos de los pasajeros del transporte aéreo, según concluye un informe de la Comisión sobre el tratamiento de las reclamaciones entre 2010 y 2012.
El estudio muestra que las reclamaciones dirigidas a las autoridades nacionales en materia de indemnización y de asistencia vuelven a registrar niveles inferiores a los del año atípico 2010 (nube de cenizas volcánicas, interrupciones del servicio debidas a la nieve). Por otra parte, las compañías aéreas sólo sufrieron sanciones en apenas el 1% de los casos, dado que la mayoría de las reclamaciones se resuelven sin que sea necesario recurrir a dichas medidas para garantizar la aplicación de la legislación. El número de reclamaciones relacionadas con problemas de transporte aéreo presentadas por personas discapacitadas o con movilidad reducida continúa siendo, de forma general, muy bajo y las compañías aéreas no han sido sancionadas en estos casos.
Siim Kallas, vicepresidente de la Comisión Europea y responsable de los transportes, ha declarado a este respecto: “Estoy orgulloso de los logros alcanzados por Europa en el ámbito de los derechos de los pasajeros en los últimos cinco años. No obstante, los derechos sólo existen en la realidad cuando son efectivamente respetados. La Comisión continuará alerta para garantizar que los pasajeros sean plenamente informados de sus derechos y de la manera en la que pueden presentar una reclamación, en caso necesario. El objetivo principal del estudio en curso sobre los derechos de los pasajeros aéreos es también reforzar la aplicación y el control del cumplimiento de estos derechos”.
Las estadísticas se basan en datos facilitados por los organismos nacionales de control de la aplicación de la legislación (ONC) de los 28 Estados miembros y de Islandia, Noruega y Suiza. Las principales conclusiones del informe son las siguientes.
De conformidad con el Reglamento por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, los ONC recibieron 91.726 reclamaciones en 2010, 52.675 en 2011 y 56.478 en 2012.
Durante el período de referencia, los ONC se mostraron reticentes a sancionar a los transportistas aéreos infractores. Se aplicaron sanciones solamente en algo más del 1% de los casos. Esto muestra que las sanciones siguen siendo el último recurso, después de haber fallado todos los demás medios de asegurar el cumplimiento de la legislación.
No obstante, las sanciones impuestas por los ONC a las compañías aéreas incumplidoras están mejor controladas y aplicadas. Esto significa que, a pesar de su reducido número, las sanciones han pasado a ser algo más que una simple advertencia.
El número de solicitudes dirigidas a los ONC en virtud del Reglamento sobre los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida en el transporte aéreo fue de 128 en 2010 y de 111 en 2011. Este número pasó a 275 en 2012, pero este aumento se debe a un simple efecto estadístico, dado que, a partir de ese año, se tuvieron también en cuenta los del Reino Unido, pero no es el reflejo de una tendencia general. No se aplicaron sanciones a los transportistas aéreos.