El presidente de los EEUU, Donald Trump, emitió el pasado viernes una orden ejecutiva que levanta efectivamente la prohibición de 52 años de vuelos supersónicos civiles sobre tierra en EEUU y ordena a la Federal Administration Aviation (FAA) que derogue el límite de velocidad supersónica siempre que las aeronaves no produzcan un estallido sónico audible en tierra.
“Los avances en ingeniería aeroespacial, ciencia de materiales y reducción de ruido ahora hacen que el vuelo supersónico no solo sea posible, sino también seguro, sostenible y comercialmente viable. Esta orden inicia un esfuerzo nacional histórico para restablecer a Estados Unidos como el líder indiscutible en aviación de alta velocidad. Al actualizar estándares obsoletos y adoptar las tecnologías de hoy y mañana, empoderaremos a nuestros ingenieros, emprendedores y visionarios para ofrecer la próxima generación de viajes aéreos, que serán más rápidos, más silenciosos, más seguros y más eficientes que nunca”, señala la orden.
Y apunta que “el administrador de la FAA tomará las medidas necesarias, incluyendo la reglamentación, para derogar la prohibición de vuelos supersónicos terrestres establecida en el Título 14 del Código de Regulaciones Federales (14 CFR 91.817) dentro de los 180 días siguientes a la fecha de esta orden y establecerá una norma provisional de certificación basada en el ruido, modificando el Título 14 del CFR 91.818 según sea necesario, de conformidad con la legislación aplicable. El Administrador de la FAA también tomará medidas inmediatas para derogar los Títulos 14 del CFR 91.819 y 91.821, lo que eliminará las barreras regulatorias adicionales que obstaculizan el avance de la tecnología de la aviación supersónica en Estados Unidos”.
La orden dictada establece que “dentro de los 18 meses siguientes a la fecha de esta orden, el administrador de la FAA emitirá un Aviso de Propuesta de Normativa (NPRM) para establecer una norma para la certificación de ruido de aeronaves supersónicas. La norma propuesta definirá los umbrales de ruido aceptables para el despegue, el aterrizaje y las operaciones supersónicas en ruta, basándose en los datos de pruebas operativas e investigación, desarrollo, pruebas y evaluación (RDT&E), según se identifica en el apartado tres de esta orden, y considerando la aceptabilidad comunitaria, la razonabilidad económica y la viabilidad tecnológica. La norma propuesta especificará además un proceso de revisión y actualización periódica para reflejar los avances futuros en la tecnología de reducción de ruido de aeronaves. Cualquier norma definitiva relacionada con el NPRM se emitirá dentro de los 24 meses siguientes a la fecha de esta orden.
La nueva normativa indica que el director de la Oficina de Política Científica y Tecnológica (OSTP), en consulta con los jefes de los departamentos y agencias ejecutivas pertinentes, incluidos los secretarios de Defensa, Comercio y Transporte y el administrador de la Nasa coordinarán la investigación y el desarrollo supersónicos a través del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.