Por una Orden del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda urbana (Mitma), publicada en el Boletín Oficial del Estado del pasado jueves, se regula el procedimiento de resolución alternativa de litigios de los usuarios de transporte aéreo sobre los derechos reconocidos en el ámbito de la Unión Europea en materia de compensación y asistencia en caso de denegación de embarque, cancelación o gran retraso.
Así mismo, se regula en relación con los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida. Dicha Orden entró en vigor el pasado viernes.
Esta orden tiene por objeto regular el procedimiento de resolución alternativa de los litigios que planteen los pasajeros ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) sobre la aplicación de los reglamentos de la Unión Europea en materia de protección de los usuarios del transporte aéreo
Esta orden es de aplicación al procedimiento que la AESA, como entidad de resolución alternativa de litigios en el sector del transporte aéreo, acreditada y notificada a la Comisión Europea, proporciona a los usuarios del transporte aéreo para resolver sus conflictos sobre la aplicación de los Reglamentos del Parlamento Europeo y del Consejo.
Sin perjuicio de lo anterior, este procedimiento es aplicable a los conflictos de todos los usuarios del transporte aéreo, aunque no tengan la condición de consumidores con las compañías aéreas que los transporten, estén establecidas o no en la Unión Europea.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha criticado las medidas adoptadas para regular el procedimiento de resolución alternativa de litigios de los usuarios de transporte aéreo. Según dicha organización, “la Orden ministerial no establece un proceso práctico, eficaz ni alternativo a la reclamación judicial. Sería mucho más efectivo obligar a las compañías aéreas a cumplir con los derechos que los usuarios ya tienen reconocidos por ley”, asegura la OCU.