La Comisión Europea ha enviado un pliego de cargos complementario a Lufthansa en el que indica la intención de la Comisión de ordenar a la aerolínea que restablezca el acceso de Condor al tráfico de Lufthansa hacia y desde el aeropuerto de Francfort en las condiciones que acordaron las dos aerolíneas en junio de 2024.
Se trata de un paso en el procedimiento de la Comisión relacionado con las medidas provisionales en el contexto de su investigación más amplia sobre una posible restricción de la competencia en las rutas transatlánticas hacia y desde varios aeropuertos del Espacio Económico Europeo (EEE) por parte de la empresa conjunta transatlántica A++ entre Lufthansa, United y Air Canada.
En el pliego de cargos complementario, la Comisión ha llegado a la conclusión preliminar de que la empresa conjunta transatlántica A++ restringe la competencia en la ruta Frankfurt-Nueva York y que la adopción de medidas provisionales que permitan a Condor seguir ofreciendo sus servicios en esa ruta está justificada para evitar que se produzcan daños graves e irreparables a la competencia en ese mercado.
En mayo de 2013, la Comisión aceptó los compromisos de Air Canada, United y Lufthansa para abordar sus preocupaciones preliminares de que la empresa conjunta transatlántica A++ pudiera restringir la competencia en la prestación de servicios de transporte aéreo a los pasajeros premium en la ruta Frankfurt-Nueva York. Los compromisos de 2013 consistían, en particular, en poner franjas horarias y tráfico de alimentación a disposición de los competidores que desearan entrar o expandirse en la ruta Frankfurt-Nueva York. Estos compromisos eran jurídicamente vinculantes durante 10 años.
El 7 de agosto de 2024, la Comisión inició un procedimiento contra Lufthansa, United y Air Canada para investigar una posible restricción de la competencia por parte de la empresa conjunta transatlántica A++ en las rutas transatlánticas con origen o destino en varios aeropuertos del EEE, en infracción del artículo 101, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea («TFUE») y/o del artículo 53 del Acuerdo EEE.
El mismo día, la Comisión envió a Lufthansa un pliego de cargos en el que concluía de forma preliminar que podrían ser necesarias medidas provisionales para garantizar la eficacia de cualquier decisión final que adopte la Comisión en el futuro.
Medidas provisionales de la Comisión
Independientemente de los compromisos de 2013, Lufthansa y Condor celebraron varios acuerdos que permitían a Condor acceder, en condiciones especiales, a la red de corta distancia de Lufthansa para abastecer sus vuelos de larga distancia (los «acuerdos especiales de prorrateo» o «SPA»). En 2021, Condor comenzó a competir en la ruta Frankfurt-Nueva York y sus operaciones en la ruta se han ampliado desde entonces gracias, en particular, a su acceso a la red de corta distancia de Lufthansa basada en los SPA.
En 2020, Lufthansa notificó a Condor la rescisión de sus SPA. No obstante, Lufthansa y Condor establecieron acuerdos transitorios basados en los SPA para que Lufthansa siguiera proporcionando tráfico de alimentación a Condor, que, tras varias sentencias de los tribunales alemanes, dejaron de aplicarse en diciembre de 2024.
En este contexto, la Comisión tenía dudas preliminares de que, sin los acuerdos basados en los SPA, Condor podría no ser capaz de operar de forma sostenible en la ruta Frankfurt-Nueva York y verse obligada a abandonar definitivamente la compañía. Esto probablemente conduciría a un mayor deterioro de la estructura competitiva en el mercado de prestación de servicios de transporte aéreo en la ruta Frankfurt-Nueva York, que ya se ve afectada negativamente por la JV transatlántica A++ debido a la pérdida de competencia entre los socios de la JV.
Por tanto, la Comisión ha decidido dar seguimiento a su pliego de cargos de agosto de 2024 con un pliego de cargos complementario en el que se concluye de forma preliminar que, a primera vista, la empresa conjunta transatlántica A++ restringe la competencia en la prestación de servicios regulares de transporte aéreo de pasajeros en la ruta Frankfurt-Nueva York y que se justifica la adopción de medidas provisionales para evitar que se produzcan daños graves e irreparables a la competencia en ese mercado.
Para garantizar la eficacia de cualquier decisión final tras la investigación completa sobre la empresa conjunta transatlántica A++, el pliego de cargos complementario de hoy considera que Lufthansa debería restablecer los acuerdos basados en el acuerdo de asociación para la prestación de tráfico de alimentación a Condor desde y hacia el aeropuerto de Frankfurt que las dos aerolíneas acordaron en junio de 2024.