El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado admitir a trámite el conflicto entre órganos constitucionales promovido por el Senado, frente al Congreso de los Diputados, en relación con el acuerdo de la Mesa del Congreso de los Diputados de no proceder a la tramitación de una enmienda de modificación de las Leyes de Navegación y de Seguridad Aérea.
Según publica el Boletín Oficial del Estado (BOE), el conflicto entre ambas cámaras legislativas tiene relación con el Acuerdo del Congreso de los Diputados del 16 de septiembre de 2025 de no proceder a la tramitación por el Pleno de la Cámara de la enmienda aprobada por el Pleno del Senado por la que se introduce la disposición adicional decimocuarta (nueva) en el Proyecto de Ley por la que se modifican la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, y la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
El Consejo de ministros rechazó el pasado 4 de noviembre el conflicto de atribuciones planteado por el Senado para que el Gobierno revocara el acuerdo de disconformidad respecto a la tramitación de una enmienda aprobada por la Cámara Alta.
En concreto, se trata de una enmienda al Proyecto de Ley por el que se modifican las leyes sobre Navegación Aérea y de Seguridad Aérea que establece la concesión de un crédito extraordinario de subvención al tráfico aéreo regular por importe de 1.200 millones de euros. El Gobierno comunicó a la Mesa del Congreso su disconformidad con la misma por suponer un incremento del gasto presupuestario, refiriéndose al artículo 134.6 de la Constitución, que establece que las proposiciones o enmiendas que suponen cambios en los ingresos presupuestarios requieren la conformidad del Ejecutivo.
Tras esta decisión, el Senado planteó un conflicto de atribuciones con el Gobierno y le requirió para que procediera a la revocación del acuerdo de disconformidad. El Consejo de ministros ha acordado rechazarlo al entender que la facultad de veto sólo corresponde al Ejecutivo, que tiene además la competencia de ejecución presupuestaria.










