El Pleno del Congreso aprobó este miércoles por asentimiento, a propuesta de los Grupos Socialista, Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común y Republicano, abrir de nuevo la Comisión de Investigación relativa al accidente del vuelo JK5022 de Spanair, que tuvo lugar el 20 de agosto de 2008 y en el que murieron 154 personas.
Esta es la segunda vez que se aprueba esta Comisión de Investigación, creada en la XII Legislatura, el 18 de abril de 2018, y no concluyó sus trabajos debido a la disolución de las Cámaras por el adelanto electoral el 5 de marzo de 2019.
Se reabren así los trabajos realizados por la Comisión de investigación en la anterior legislatura pero que no dio tiempo a terminar. Fueron llamados a declarar entonces unos 40 comparecientes, entre ellos, la que fuera ministra de Fomento el día del accidente, Magdalena Álvarez, cuya comparecencia estaba prevista para cerrar la investigación hace ahora un año, lo que no ocurrió por la interrupción de la legislatura.
La creación de este tipo de órganos parlamentarios puede solicitarla el Gobierno, la Mesa de la Cámara, dos grupos parlamentarios o un quinto de los diputados (70) y debe ser aprobada en Pleno por mayoría simple.
El funcionamiento de las Comisiones de Investigación difiere de las comisiones ordinarias en varios aspectos. Por ejemplo, las decisiones en el seno de la comisión se adoptarán por voto ponderado. Asimismo, no hay un número preestablecido de cuántos diputados la componen.
Las comisiones no permanentes, según el Reglamento de la Cámara, se crean para un trabajo concreto y se extinguen a la finalización del trabajo encomendado y, en todo caso, al concluir la legislatura. Las Comisiones de Investigación elaboran un plan de trabajo y pueden nombrar Ponencias en su seno y requerir la presencia, por conducto de la Presidencia del Congreso, de cualquier persona para ser oída.
Las conclusiones de estas Comisiones, que no son vinculantes para los Tribunales ni afectan a las resoluciones judiciales, deben plasmarse en un dictamen que será discutido en el Pleno de la Cámara. Las conclusiones aprobadas por el Pleno de la Cámara serán publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes Generales y comunicadas al Gobierno, sin perjuicio de que la Mesa del Congreso dé traslado de las mismas al Ministerio Fiscal para el ejercicio, cuando proceda, de las acciones oportunas.