Madrid.- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado a Aena a reponer en sus anteriores condiciones de trabajo a los 80 técnicos de programación y operaciones (TPO) del aeropuerto madrileño de Barajas y declara nula la decisión empresarial unilateralmente adoptada de modificar sustancialmente esas condiciones laborales.
El Tribunal ha dado la razón a los trabajadores estimando el recurso del Sindicato de Trabajadores de la Administración Pública de la Confederación General del Trabajo (STAP-CGT) contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 30 de los de Madrid y revocamos la resolución judicial recurrida.
Para el TSJM, la nueva organización de los turnos de trabajo supuso una modificación sustancial de las condiciones laborales, como tal prevista en el Estatuto de los Trabajadores.
Al tratarse de una modificación sustancial, la empresa debió proceder a negociar con la representación de los trabajadores para atenuar o reducir el impacto de las medidas que adoptó de manera unilateral y que han redundado negativamente en la esfera de derechos de los trabajadores afectados.