Madrid.– La compañía aérea española Iberia despidió la pasada semana a 14 miembros del sindicato de tripulantes Stavla, que convocaron 27 días de huelga en la compañía entre los meses de febrero y mayo. La convocatoria de dicha huelga fue considerada legal por la Audiencia Nacional.
Iberia había advertido reiteradamente al sindicato de la ilegalidad de la huelga, indicándoles que se reservaba el ejercicio de cuantas acciones sirviesen para amparar su derecho, pese a lo cual prosiguieron con la misma, lo que llevó a la empresa a plantear la demanda ante los trbunales.
La Audiencia Nacional estimó la demanda de la compañía contra el sindicato de tripulantes de cabina de pasajeros Stavla, y consideró como huelga ilícita los paros convocados los días 13, 17, 20 y 24 de febrero de 2012, 16, 19, 23, 26 y 30 de marzo, 2, 4, 9 13, 16, 20, 23, 27 y 30 de abril, y 2, 4, 7, 11, 14, 18, 21, 25 y 28 de mayo del presente año.
La Sala juzgadora concluyó que los citados paros implicaban una huelga ilegal por “novatoria”, al pretender alterar lo pactado en el XVI Convenio Colectivo relativo a la posibilidad de desarrollar las operaciones de Iberia Express fuera de la matriz. De esta forma, se considera que el Convenio recogía la posibilidad específica de llevar a cabo dichas operaciones tanto dentro como fuera de la matriz, correspondiendo esta opción en exclusiva a la Empresa, según lo preceptuado por el artículo 1132 del Código Civil.