Madrid.- Aena Aeropuertos recibirá del concesionario del aeropuerto de Barajas un pago inicial como mínimo de 3.700 millones de euros y un canon anual de 150 millones mientras que el concesionario de El Prat pagará inicialmente como mínimo 1.600 millones más un canon anual de 80 millones, según el acuerdo adoptado este viernes por el Consejo de Ministros.
El Gobierno ha aprobado también otro Acuerdo por el que autoriza a Aena a vender hasta un 49% del capital de Aena Aeropuertos. Tanto el plazo de ejecución de estas colocaciones, como los porcentajes definitivos, dependerán de las condiciones del mercado y buscarán siempre obtener el máximo valor para la empresa.
El Consejo de Ministros ha autorizado la creación de las sociedades concesionarias de los aeropuertos de Madrid-Barajas y Barcelona-El Prat, de las que licitará un 90,05% del capital. Toda la documentación de las mismas será enviada al Consejo Consultivo de Privatizaciones. Cuando se disponga de su dictamen favorable, el Consejo de Ministros autorizará el próximo 29 de julio la licitación de los aeropuertos de Barajas y el Prat que se iniciará al día siguiente, cuando se abrirá el plazo de presentación de la documentación que acredite la solvencia técnica y económica de los licitadores.
El contrato de concesión durará veinte años, prorrogables otros cinco. Durante ese período el concesionario se ocupará de la operación, explotación, administración, promoción, conservación y mantenimiento del aeropuerto, cumpliendo en todo momento los requisitos de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
Las concesionarias se subrogarán en la posición de empleador con respecto a los trabajadores de la plantilla adscrita a los aeropuertos y deberán respetar los acuerdos laborales de Aena Aeropuertos con los sindicatos.
En el último trimestre de este año se crearán, además, sendas sociedades que ejercerán las funciones de vigilancia y control de las concesiones. En los consejos de esas sociedades de vigilancia estarán representados las Comunidades Autónomas, los agentes económicos y los Ayuntamientos.
Los adjudicatarios dispondrán de un período de transición de un máximo de tres meses, a partir de los cuales, en la primavera de 2012, se harán cargo de la gestión de los aeropuertos de Madrid-Barajas y Barcelona-El Prat.
Las funciones de la sociedad concesionaria serán:
– La operación y gestión del aeropuerto, mediante la prestación de los servicios definidos en el Contrato de Concesión y en la restante documentación contractual, incluidos los de tránsito aéreo de aeródromo.
– La coordinación global de las operaciones y servicios que se presten en el aeropuerto, al igual que de la utilización de las instalaciones del mismo por usuarios y terceros, con la finalidad de lograr un óptimo funcionamiento del aeropuerto.
– La realización a su costa de las tareas de mantenimiento, así como de las obras de nueva construcción, conservación, reposición y gran reparación que resulten necesarias para adaptar la infraestructura aeroportuaria a las necesidades de la adecuada prestación de los servicios aeroportuarios, atendiendo a los niveles de calidad mínimos comprometido; la financiación a su costa de todas las tareas y actuaciones que resulten necesarias para el adecuado desarrollo del contrato de concesión y la planificación y programación de las actuaciones necesarias para la operación y gestión del aeropuerto.
– La realización de cuantas actuaciones e inversiones sean necesarias para el cumplimiento de la normativa vigente aeroportuaria, medioambiental y de seguridad, entre otras, así como de sus futuras modificaciones.
– La realización de actuaciones dirigidas a mejorar la accesibilidad y conectividad del aeropuerto con otros medios y vías de transporte, para lo cual podrá llevar a cabo, por su cuenta y riesgo, las negociaciones y acuerdos con las Administraciones y Entidades competentes, y ejecutar las tareas que resulten necesarias para tal finalidad.
– La gestión y recaudación de los ingresos tarifarios y no tarifarios derivados de la ejecución de las tareas objeto del contrato de concesión.
– La explotación de las actividades comerciales definidas en el contrato de concesión y la explotación de los negocios inmobiliarios en la superficie objeto de concesión.
El concesionario tendrá una participación ampliamente mayoritaria en el capital de la sociedad, concretamente el 90,05%. Aena Aeropuertos mantendrá el 9,95% restante y la titularidad de la propiedad de todos los activos y pasivos del aeropuerto.
El concesionario dispondrá del derecho de explotación de los activos aeroportuarios y no aeroportuarios, y sus ingresos provendrán de las tarifas y contraprestaciones por la gestión y explotación de los espacios y servicios aeroportuarios y los ingresos procedentes de la actividad comercial e inmobiliaria.
El marco tarifario por el que tendrá que regirse el concesionario se establecerá en el contrato y se desarrollará en un Real Decreto posterior.
Los ingresos provendrán de actividades con tarifas reguladas (aterrizaje, pasajeros, seguridad, etc.) y otras actividades con precios libres (comerciales e inmobiliarias). El valor inicial de esas tarifas se incluirá en el contrato y su actualización se basará en una fórmula que tenga en cuenta la recuperación de costes y el beneficio esperado por el gestor y considere una parte de los ingresos comerciales.
El concesionario tendrá que presentar un plan de inversiones que garantice la óptima gestión de las actividades del aeropuerto, manteniendo los niveles de calidad de servicio definidos. Una parte de esas inversiones tendrán carácter obligatorio, continuando la planificación ya prevista por Aena Aeropuertos. El concesionario podrá proponer nuevas inversiones de accesibilidad al aeropuerto.