Madrid.- Por una Ley de la Comunidad Autónoma de Canarias publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado se declara de interés general la reubicación de tres barrios afectados por la ampliación del aeropuerto de Gran Canaria donde llaman «Montaña Las Tabaibas» del municipio de Telde.
La aprobación del Plan Director del Aeropuerto de Gran Canaria y de su nueva zona de servicio, así como la previsión contenida en el mismo de ampliar el campo de vuelos con la construcción de una nueva pista, con sus correspondientes servidumbres aeronáuticas, inciden directamente sobre los habitantes de algunos núcleos residenciales del municipio de Telde, cuyas viviendas se encuentran ubicadas dentro de los terrenos que delimita la citada nueva zona de servicio y la ampliación de ésta prevista en el proyecto básico de la futura pista.
Consecuentemente, los terrenos y viviendas deben ser objeto de expropiación por parte de la Administración estatal, habiéndose recogido a tal fin en la relación de fincas afectadas por el expediente de expropiación promovido por el Ministerio de Fomento a instancias de Aena.
Es evidente que la isla de Gran Canaria requiere una infraestructura aeroportuaria capaz de garantizar y potenciar su desarrollo social y económico, demandada por el propio carácter insular del territorio canario y su necesaria vocación hacia el turismo nacional e internacional como motor esencial de la economía del archipiélago. Pero ese interés general no puede justificar necesariamente actuaciones que conlleven un sacrificio desproporcionado de los derechos y necesidades del concreto grupo de ciudadanos afectados por la ampliación del aeropuerto de Gran Canaria, dice el texto legal.
Por ello se opta por una ley singular, que posibilita la reubicación mediante la reclasificación directa de un suelo rústico de protección agraria en suelo urbanizable, en lugar de proceder a la modificación de la normativa correspondiente que supondría dejar abierta esta misma posibilidad para eventuales operaciones expropiatorias que pudieran llevarse a cabo en el futuro y en las que pudieran no concurrir las presentes circunstancias excepcionales, difícilmente reproducibles en otros procedimientos expropiatorios.