Madrid.- El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó ayer de forma definitiva la Ley de Seguridad Operacional para la Aviación Civil, que modifica la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
El Pleno debatió y votó las enmiendas del Senado a este proyecto de ley. Tras su tramitación parlamentaria, la ley entrará en vigor tras su publicación en el BOE.
La nueva Ley, además de establecer el Programa Estatal de Seguridad Operacional (PESO), modifica la regulación de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil (CIAIC) e incluye un nuevo catálogo de infracciones en el control del tráfico aéreo, con multas de entre 250.000 euros a 4,5 millones de euros para casos muy graves.
Entre ellas destaca la tipificación como infracción administrativa muy grave «simular enfermedad o disminución de la capacidad psicofísica o dificultar o negarse a realizar controles médicos», «dificultar, retrasar o negarse a recibir las labores de formación», «obstaculizar o impedir las pruebas de calidad o auditorías», así como «la falta injustificada» del puesto de trabajo. Para estos casos, la multa ascendería entre los 250.000 euros y los 4,5 millones de euros o la pérdida de la licencia de controlador, mientras que para las infracciones graves se situaría entre los 70.000 y los 250.000 euros.
Además, se establece la obligación de las compañías aéreas de informar de las causas de cancelación o retraso de los vuelos, así como de los derechos que asisten a los pasajeros afectados.
En cuanto al transporte de forma gratuita en cabina del equipaje de mano, podrán incluirse los objetos adquiridos en las tiendas del área de embarque y únicamente podrá denegarse por razones vinculadas a la seguridad, el peso o el tamaño de los mismos.