Madrid.– El Boletín Oficial del Estado publica este miércoles la Enmienda al Anexo del Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Reino de España y la República Argelina Democrática y Popular.
En virtud de dicha Enmienda se establecen las rutas que podrán ser explotadas por las empresas aéreas designadas del Reino de España: puntos en España-puntos en Argelia y viceversa y las rutas que podrán ser explotadas por las empresas aéreas designadas de la República.
Las empresas aéreas designadas por ambas partes contratantes podrán efectuar escalas en el mismo servicio en un solo punto del territorio de la otra Parte Contratante.