Madrid.- La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) tiene registrados 1.844 operadores de drones, según el Registro de Declaración Responsable de operador de Aeronaves RPA’s. En cambio, no existe registro de fabricantes autorizados por la agencia, según confirma ésta.
“Ante las consultas recibidas en AESA debido a afirmaciones contenidas en algunas páginas web, aclaramos que AESA no ha establecido ningún registro de fabricantes ni ha autorizado a ninguna organización a utilizar su logotipo”, dice la agencia.
Respecto a la formación práctica para los pilotos, un fabricante solamente está autorizado a impartir la formación práctica de las aeronaves que fabrica, en la que deberá ajustarse a los contenidos mínimos establecidos en el Apéndice I, de Medios Aceptables para Acreditar el Cumplimiento de los Requisitos para los Pilotos para la Operación de Aeronaves Pilotadas por Control Remoto.
Si se pretende dar formación respecto a aeronaves de otros fabricantes, deberán solicitar autorización de éstos, o solicitar aprobación de AESA como organización de formación (ATO), conforme al anexo VII del Reglamento (UE) nº 1178/2011 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2011, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relacionados con el personal de vuelo de la aviación civil.
El sector de las aeronaves pilotadas por control remoto, los llamados drones o RPAS, ha sido objeto de un gran crecimiento en los últimos meses. Por eso ha surgido la necesidad de establecer un marco jurídico que permita el desarrollo en condiciones de seguridad de este nuevo sector, tecnológicamente puntero y emergente.
Por este motivo, se ha establecido una normativa temporal que regula las operaciones con drones e indica el procedimiento para poder realizar actividades aéreas, en función del escenario de operación y el peso de la aeronave.
La AESA se encarga de la regulación de operaciones con drones de hasta 150 kg. Para drones por encima de este límite, se ha establecido una normativa a nivel europeo, y el organismo encargado de regular estas aeronaves es EASA (European Aviation Safety Agency).
AESA, en cumplimiento de las competencias atribuidas, está llevando a cabo inspecciones en materia de seguridad aérea a los operadores de drones que cuentan con autorización o habilitación mediante comunicación previa.
Para ello ha confeccionado un protocolo básico de actuación con objeto de clarificar los pasos a seguir, el significado de los documentos remitidos al operador, así como los plazos aplicables.