Bruselas.- El acuerdo provisional entre los negociadores del Parlamento Europeo y el Consejo de la semana pasada en la directiva de la UE que regula el uso del Registro de Datos de Pasajeros (PNR) se aprobó ayer en la Comisión de Libertades Civiles por 38 votos a 19 en contra y 2 abstenciones.
La Directiva propuesta, cuyo objetivo es prevenir y detectar los delitos terroristas y otros delitos graves para facilitar las investigaciones y actuaciones judiciales en la materia, se someterá a votación en el Pleno principios de 2016.
"No podemos darnos el lujo de esperar más para poner en práctica este sistema […] La elección no debería ser entre un sistema PNR de la UE y ningún sistema, sino entre un sistema PNR europeo y los 28 sistemas nacionales del PNR que se caracterizan por normas muy divergentes o ausencia de normas para la protección de los datos de los pasajeros ", dijo Timothy Kirkhope, representante de la Comisión de Libertades Civiles en las negociaciones con los ministros de Interior y Justicia de la UE.
La Directiva PNR de la UE obligaría a las compañías aéreas a transmitir datos de sus pasajeros procedentes de países de la UE con el fin de ayudar a las autoridades a luchar contra el terrorismo y los delitos graves. Durante las negociaciones con el Consejo y la Comisión, los diputados aseguraron que el proyecto de ley respeta el principio de proporcionalidad e incluye salvaguardas estrictas de protección de los datos de carácter personal.
Los datos PNR constituyen la información proporcionada por los pasajeros y recogidos por las compañías aéreas durante los procedimientos de reserva y de registro, tales como las fechas de viaje, itinerario, información sobre boletos, información de contacto, información sobre el de equipaje, los relacionados con el pago, etc.
La directiva prevé la transferencia por las compañías aéreas a las "unidades de información de pasajeros" de los Estados miembros de la UE, los datos PNR de los pasajeros de "vuelos extra-UE" (es decir, de un país tercero a un Estado miembro de la UE y viceversa). Se permitirá a los Estados miembros, pero no obligar, que estas disposiciones también se apliquen a “vuelos dentro de la UE" (es decir, de un Estado miembro a otro). Si un Estado miembro desea aplicar la directiva vuelos intra-UE “lo comunicará a la Comisión, mediante notificación por escrito a tal efecto", dice el texto.
El Reino Unido e Irlanda decidido participar en esta directiva, mientras que Dinamarca tiene una cláusula de exención "de plano" de la legislación relacionada con la justicia y los asuntos de interior.