Madrid.- El Gobierno, mediante el Real Decreto-Ley aprobado el pasado viernes en Consejo de Ministros y publicado al día siguiente, modifica la Ley de Seguridad Aérea para regular la prestación patrimonial que retribuye al Coordinador de asignación de slots y paralizar el procedimiento de infracción contra España por incumplimiento del Reglamento de la UE.
El Gobierno considera, además, “que la adopción de esta medida reúne los requisitos de extraordinaria y urgente necesidad exigidos en el artículo 86 de la Constitución, puesto que resulta necesario favorecer el crecimiento del tráfico aéreo afectado por la crisis económica internacional y apoyar a otros sectores, en particular al turístico, de especial importancia por su contribución al desarrollo económico”, según explica el Real Decreto-Ley.
Con este Real Decreto-Ley 1/2014, de 24 de enero, de reforma en materia de infraestructuras y transporte y otras medidas económicas, que ayer entró en vigor, se acometen cambios en el esquema vigente para asegurar la independencia del coordinador, separándolo funcionalmente de cualquier parte interesada, y se pone en evidencia que la retribución de los servicios del Coordinador tiene naturaleza jurídica de prestación patrimonial pública, por el carácter imperativo que estos servicios tienen conforme al Reglamento (CEE) n.º 95/93 del Consejo, de 18 de enero de 1993, relativo a normas comunes para la asignación de franjas horarias en los aeropuertos comunitarios.
“Teniendo en cuenta la naturaleza de prestación patrimonial pública de la retribución de los servicios del Coordinador se establece el régimen de gestión, liquidación y cobro conforme a las reglas aplicables a los ingresos de derecho público, pues el procedimiento coactivo de exigencia de pago de las prestaciones patrimoniales públicas debe preverse específicamente, frente a lo que ocurre con los tributos en relación con los cuales esta característica es predicable en todo caso”, dice el texto en su exposición de motivos.
Y añade: “la adopción de esta regulación es urgente con el fin de paralizar el procedimiento de infracción abierto contra España por el incumplimiento de dicho Reglamento al considerar que actualmente no se dan los requisitos exigidos por la norma comunitaria”.
Asimismo, en este Real Decreto-Ley se procede a determinar los aeropuertos que están en una misma área de captación del destino, con el fin de que se les pueda aplicar el incentivo para favorecer el crecimiento del tráfico en los aeropuertos gestionados por Aena que se ha creado en la disposición adicional sexagésima sexta de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.