El Consejo de ministros ha aprobado, a propuesta de los Ministerios de Transportes y Movilidad Sostenible; Defensa; Industria y Turismo; Interior; Economía, Comercio y Empresa; Transformación Digital y Función Pública; así como del resto de agentes del sector, un Real Decreto que actualiza la regulación de los drones para impulsar al sector y favorecer la competitividad de operadores y fabricantes españoles. El nuevo marco normativo entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Con la nueva norma, se desarrolla el régimen jurídico para el uso civil de sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS, por sus siglas en inglés: Unmanned Aircraft Systems), popularmente conocidos como drones. El objetivo es disponer de un marco normativo nacional coherente con el de la Unión Europea, que aporte estabilidad y seguridad jurídica al sector para su desarrollo, a la vez que este se produzca salvaguardando la seguridad pública en sus distintas acepciones.
El nuevo Real Decreto tiene como objetivo ayudar a impulsar la prestación de servicios y, en general, la actividad económica del sector, favoreciendo la competitividad de los operadores y fabricantes españoles dentro del mercado tanto europeo como internacional. En un contexto en el que el uso de drones permite realizar numerosas actividades aéreas con menores costes y emisiones contaminantes, su demanda está en constante crecimiento.
El Real Decreto establece el régimen jurídico aplicable a los drones en actividades o servicios civiles excluidos de la regulación de la Unión Europea, como aduanas, policía, búsqueda y salvamento, lucha contra incendios, control fronterizo, y vigilancia costera.
Además, se completa el régimen jurídico europeo sobre el U-Space, un marco regulador que define las limitaciones y condiciones operacionales para las zonas geográficas de UAS. Se designa a ENAIRE como la entidad responsable de proporcionar la información sobre estas zonas en un formato digital común único, facilitando la identificación de las áreas de operación en el territorio y espacio aéreo español.
Autorizaciones y formaciones
Se autoriza el vuelo dentro del alcance visual del piloto a una altura máxima de 60 metros sin necesidad de coordinación con el gestor de aeródromo o proveedores ATS, salvo en zonas UAS específicas asociadas a aeródromos. Esta medida ha sido largamente demandada por el sector. El decreto también establece un régimen formativo destinado a operaciones bajo una autorización operacional y aquellas no sujetas a la normativa europea. Se describen los requisitos para entidades que deseen impartir formación específica para radiofonistas de UAS/drones.
Finalmente, se crea el Registro de aeronaves no tripuladas del Ministerio del Interior, bajo la Secretaría de Estado de Seguridad, para prevenir, investigar o detectar infracciones penales y administrativas, incluida la protección y prevención frente a amenazas contra la seguridad ciudadana.
Con esta actualización normativa, el Gobierno busca potenciar la competitividad del sector de drones en España, promoviendo la innovación y el desarrollo en un entorno regulado que garantice la seguridad pública y fomente el crecimiento económico.