La Comisión Europea aprobó una ayuda pública italiana de 10 millones de euros para compensar a la empresa Toscana Aeroporti, gestora de los aeropuertos de Pisa y Florencia, por los daños causados por el brote de coronavirus.
Para limitar la propagación del coronavirus, el 10 de marzo de 2020, Italia impuso un bloqueo a nivel nacional. El bloqueo se levantó el 3 de junio de 2020, pero ciertas advertencias de viaje, prohibiciones y medidas restrictivas se mantuvieron vigentes hasta al menos el 15 de junio de 2020. Esto resultó en altas pérdidas operativas para el operador de los aeropuertos de Pisa y Florencia.
La medida, que adoptará la forma de una subvención directa, permitirá a las autoridades italianas indemnizar a Toscana Aeroporti por los daños sufridos durante el período comprendido entre el 10 de marzo y el 15 de junio de 2020, como consecuencia de las medidas restrictivas sobre los pasajeros aéreos nacionales e internacionales, así como por los servicios implementados por Italia y otros países para limitar la propagación del virus.
La Comisión evaluó la medida con arreglo al artículo 107, apartado 2, letra b), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que permite a la Comisión aprobar medidas de ayuda estatal concedidas por los Estados miembros para compensar a las empresas por los daños causados directamente por sucesos excepcionales como el brote de coronavirus.
La Comisión concluyó que la medida notificada proporcionará una compensación por los daños que están directamente relacionados con el brote de coronavirus. También encontró que la medida es proporcionada, ya que la indemnización no excede (y en realidad es menor) de lo necesario para reparar el daño. Sobre esta base, la Comisión concluyó que el régimen se ajusta a las normas de la UE sobre ayudas estatales.