Madrid.– El Consejo de Ministros celebrado el pasado viernes aprobó un Acuerdo por el que que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenioo entre el Reino de España y la República de Guinea Ecuatorial sobre transporte aéreo.
El Acuerdo sigue la fórmula habitual de este tipo de convenios bilaterales sobre servicios aéreos y recoge en su articulado las cláusulas administrativas que la OACI recomienda incluir en dichos acuerdos a sus Estados miembros. Establece unos principios muy flexibles en cuanto al régimen de operaciones que se pueden realizar entre España y Guinea Ecuatorial, con lo que se fortalecen las relaciones de ambos países en al ámbito del transporte comercial aéreo.
En relación con la capacidad y las frecuencias, se establecen para cada país ocho frecuencias semanales de pasajeros, correo y carga. El nuevo Cuadro de Rutas es totalmente abierto y flexible lo que permite a las empresas aéreas designadas de ambos países seleccionar libremente los puntos situados en el territorio del otro, así como los puntos intermedios y los puntos más allá con derechos de tercera y cuarta libertad.
El nuevo marco faculta a las empresas aéreas designadas de los dos países a que los servicios se puedan llevar a cabo bajo la modalidad de código compartido, incluidos terceros países, así como a otras facilidades operativas, como vuelos no regulares, que tendrán un tratamiento flexible y favorable, o la posibilidad de arrendar aeronaves con tripulación a compañías aéreas que no estén sujetas a una prohibición de explotación.