Bruselas.- A petición del Parlamento Europeo y de los Estados miembros, la Comisión Europea presentó ayer una Comunicación en la que evalúa el uso de los escáneres corporales en los aeropuertos de la UE y se inclina por su utilización.
A raíz de la tentativa terrorista de hacer estallar explosivos durante el vuelo ámsterdam-Detroit el 25 de diciembre de 2009, el uso de escáneres corporales se ha incrementado y sigue siendo objeto de ensayos en varios Estados miembros de la UE, entre los que se cuentan el Reino Unido, los Países Bajos, Francia e Italia. Actualmente, los escáneres de seguridad en sí se sitúan fuera del ámbito de aplicación de la normativa de la UE en materia de seguridad de la aviación y se regulan mediante un mosaico de disposiciones de los distintos Estados miembros.
El informe publicado ayer subraya que este método de detección ofrece una auténtica posibilidad de reforzar la seguridad de los pasajeros. La Comisión aboga por la aplicación de un enfoque de la UE que permita asegurar que, cuando los Estados miembros opten por la utilización de escáneres de seguridad, su despliegue y funcionamiento se basen en normas comunes que exijan unas prestaciones de detección básicas y aseguren un nivel armonizado de respeto de las disposiciones en materia de salud y los derechos fundamentales europeos. Ahora, la Comisión recabará las opiniones del Parlamento Europeo y el Consejo sobre los datos recogidos en el informe.
Siim Kallas, vicepresidente de la Comisión y responsable del sector de los transportes, dijo que “cada vez son más los Estados miembros de la UE que recurren a los escáneres de seguridad, pero su uso recae actualmente fuera del ámbito de aplicación del Derecho de la UE, por lo que sus modalidades de utilización en los Estados miembros son diferentes. Los escáneres de seguridad no constituyen ninguna panacea, pero ofrecen auténticas posibilidades de reforzar todavía más la seguridad de los pasajeros. La decisión de autorizar el uso de escáneres en sus aeropuertos nacionales seguirá correspondiendo a cada Estado miembro: eso no va a cambiar. Pero, cuando se emplee, esa tecnología deberá estar regulada por normas de la UE sobre capacidad de detección, con unas salvaguardias comunes que garanticen el cumplimiento de las disposiciones en materia de salud y derechos fundamentales de la UE”.
En este contexto, Bruselas ha presentado sus conclusiones al Parlamento Europeo y a los Estados miembros de la UE para facilitar el debate en el seno de estas instituciones y ver si consideran necesario que la Comisión proponga un marco jurídico sobre el uso de los escáneres corporales en los aeropuertos de la UE.