Por sendas órdenes del Ministerio de Sanidad, aparecidas en la mañana del pasado sábado en el segundo de los BOEs publicados ese día, se prorrogan los controles restablecidos temporalmente en las fronteras aéreas y la limitación de entrada en España de aeronaves a solo unos aeropuertos.
Según la primera de dichas órdenes, el alzamiento progresivo de las restricciones conllevará también que personas residentes en el exterior pretendan viajar al país, entrando en contradicción con las limitaciones de movilidad internas, que obedecen a la necesidad de garantizar en todo momento la protección de la salud pública como derecho y bien constitucional, y presupuesto imprescindible para alcanzar la nueva normalidad. En este contexto, conviene recordar que el mero hecho de poseer una vivienda en nuestro país no acredita la residencia habitual en España”.
Por todo ello se hace necesario mantener los controles en todas las fronteras interiores durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas desde las 00:00 horas de este domingo y durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas o hasta que concurran circunstancias que justifiquen una nueva orden que modifique los términos de la presente, concluye la nueva norma.
Por la segunda orden se prorroga la norma establecida el pasado día 14, por la que se limita la entrada en España a las aeronaves a través de los aeropuertos designados con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional.
Dichos aeropuertos son: el Josep Tarradellas Barcelona-El Prat, el Gran Canaria, el Adolfo Suárez Madrid-Barajas, Málaga-Costa del Sol, Palma de Mallorca, Sevilla, Menorca, Ibiza, Lanzarote-César Manrique, Fuerteventura, Tenerife Sur, Alicante-Elche y Valencia.