Solo los ingenieros aeronáuticos o máster habilitante pueden acceder al Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos del Estado, según una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).
En su fallo, el Tribunal establece que, para acceder al Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos del Estado, se debe estar en posesión del título de Ingeniero Aeronáutico o tener el máster habilitante en Ingeniería Aeronáutica.
El Tribunal señala que no se pueden presentar a estas plazas ni los ingenieros técnicos aeronáuticos ni los graduados en Ingeniería Aeroespacial. La Justicia dan la razón así por quinta vez al Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España (COIAE), y desestiman todos los recursos interpuestos tanto por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos (COITAE) como por graduados a título personal.
En la sentencia del TSJM, se recoge otra del Tribunal Supremo que dictó en el recurso de casación 416/2016: “no parece haber duda de que el ejercicio de la profesión regulada de ingeniero aeronáutico requiere, conforme a las determinaciones del Derecho de la Unión Europea, una titulación que no se corresponde con la de grado”. Sentada esa conclusión, “tal requisito no puede no integrarse en el régimen específico de un cuerpo especial como el de Ingenieros Aeronáuticos del Estado”.
“En consecuencia, la exigencia de estar en posesión o cumplir los requisitos necesarios para obtener el título de ingeniero aeronáutico o aquel que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada (Máster en Ingeniería Aeronáutica), para el acceso al Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos del Estado, es plenamente ajustada a derecho”, apunta la sentencia dictada por el TSJM, susceptible de recurso de casación. Los tribunales han desestimado todos los recursos interpuestos. Esta sentencia se suma a cuatro más dictadas el 5 de mayo de 2015, por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional; el 5 de junio de 2015, por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional; el 11 de mayo de 2015, por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, y el 27 de mayo de 2020, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En todas ellas, los tribunales han desestimado todos los recursos interpuestos, tanto por el COITAE (en tres ocasiones), como por graduados a título personal, rechazando el acceso de los ingenieros técnicos aeronáuticos y los graduados en Ingeniería Aeroespacial al Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos del Estado.
El Tribunal de Justicia de Madrid no son los TRIBUNALES. La última instancia la tiene el Tribunal Supremo de Justicia.
Todo se acabaría si por fin quedara eliminada la profesión de Ingeniero Aeronáutico…
El Grado en Ingeniería Aeroespacial, habilita para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Aeroespacial, en todo el Espacio Europeo de Educación Superior.
Para eliminar la profesión definitivamente, lo mejor sería matarlos directamente a todos ¿no?. Como dice el refran: muerto el perro se acabó la rabia.
Y ahora, fuera de bromas, si durante muchas décadas se ha considerado que la formación necesaria para acceder a un cuerpo superior de la administración era la correspondiente a titulaciones universitarias cuya duración era de 5 ó 6 años, cabe pensar que en una duración menor, p.ej. los 3 ó 4 de los grados, los conocimientos necesarios a lo mejor es que simplemente «no caben».
Y ahora, con expreso ánimo de ofender, hace falta bastante cara dura para intentar acceder a una misma profesión por un camino que implica como mínimo dos años menos de esfuerzo. Por supuesto me parece muy acertada la decisión del tribunal, que está en línea con lo que ya ha ocurrido con otras ingenierías.
¡Venga!….. a estudiar el Máster. Y luego a aprobar la oposicion
Qué buena gente los del COITAE. Quieren acceder a las plazas reservadas a los de Superiores pero cuando los de Superiores se presentan a las de Técnicos los echan de la convocatoria, y eso que según la ley sí se pueden hacerlo pues sus atribuciones sí cumplen por completo a las de técnicos, algo que a la inversa no sucede.