Madrid.- La organización FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por ceder sin autorización a una empresa de encuestas datos de una usuaria que denunció a una aerolínea.
La empresa Autopress Marketing SL está realizando una encuesta sobre la satisfacción de los usuarios con la calidad de la atención ofrecida por la AESA al dirigirse al organismo para solicitar información o presentar reclamaciones contra compañías aéreas.
Aunque la AESA debe obtener el consentimiento de los usuarios para ceder sus datos a Autopress, una socia de FACUA recibió un correo electrónico de la empresa sin que previamente la Agencia le hubiese pedido autorización.
La malagueña C.S.R., socia de FACUA, recibió el pasado domingo un correo desde la dirección cuestionario@anuato.com, que comenzaba con el texto: «Nos ponemos en contacto con usted desde Autopress Marketing, S.L., tras el envío por parte de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) de un correo electrónico solicitándole su colaboración, como usuario de sus servicios, para un estudio de satisfacción de la propia AESA».
Pero la usuaria, que se había dirigido hace meses a la AESA para presentar una reclamación contra la aerolínea Helitt, no había recibido correo alguno de la Agencia sobre la citada encuesta.
Un día después del primer correo, C.S.R. recibió otro, esta vez remitido por la AESA, en el que le pedía permiso para ceder sus datos a Autopress para participar en el sondeo, cuando en realidad ya lo había hecho.
«Entenderemos su disposición a colaborar en dicho estudio si en el plazo de una semana desde la fecha de envío de este escrito, no nos comunica su negativa», advierte la Agencia en su correo.
FACUA ha pedido a Protección de Datos que investigue si la AESA también ha cedido los datos de otros usuarios sin su consentimiento, práctica que vulnera la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. En su artículo 11, la Ley establece que «los datos de carácter personal objeto de tratamiento sólo podrán ser comunicados a un tercero para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente y del cesionario con el previo consentimiento del interesado».
La asociación también se ha dirigido a la AESA, a la que ha requerido que verifique el origen del error que le ha llevado a cometer esta irregularidad y evalúe sus dimensiones así como las medidas para subsanarla.