Madrid.- La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha admitido la pasada semana a trámite la petición de la Asociación Profesional de Controladores de Tránsito Aéreo (Aprocta) para la supensión cautelar del Real Decreto que regula el Servicio de Dirección de Plataforma que se pretende implantar en Barajas el próximo día 17 de noviembre.
Según destacó Aprocta en su escrito ante el Supremo, la implantación de dicho sistema, que engloba todas aquellas operaciones que debe realizar el avión desde el finger hasta que se ubica cerca de la pista para el despegue, provocaría importantes perjuicios, al no quedar suficientemente garantizada la seguridad de las operaciones en la Plataforma, tal y como reconoció en su momento, en respuesta parlamentaria, el propio Gobierno.
Para apoyar dicha aseveración, se recurre a la normativa de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) en donde se señala textualmente que “cuanto más compleja sea la disposición general de la plataforma, más completo es preciso que sea el servicio de dirección en la plataforma, especialmente cuando hay calles de rodaje en la misma”. Igualente se insisten en que “esto es especialmente importante en el caso de que se proyecten realizar operaciones en condiciones de visibilidad reducida”.