Madrid.- La titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Madrid, María del Sagrario Herrero, que investiga el supuesto abandono del puesto de trabajo por parte de varios controladores aéreos el pasado mes de diciembre acordó ayer citar como imputados a todos los miembros de la junta directiva de la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA).
La resolución judicial se dictó aceptando la petición hecha por la Agrupación de Demandantes Afectados por el Cierre del Espacio Aéreo. Luis Vericat, letrado de dicha asociación, destacó que la de cisión de la juez confirma lo que han denunciado desde el principio, es decir, que a su entender todo fue «un plan pensado y organizado por los dirigentes del sindicato de controladores».
Según Vericat, USCA convocó a sus afiliados la noche del 2 de diciembre mediante mensajes de SMS para distintas asambleas que se celebraron la mañana del 3 de diciembre, pocas horas antes de que más de 400 controladores de toda España abandonaran injustificadamente su puesto de trabajo.
«Las declaraciones de los dirigentes de USCA van a arrojar mucha luz sobre lo que pasó los días 3 y 4 de diciembre», añadió el abogado, que cree que hasta ahora estaban solo imputados los controladores que habían secundado el abandono masivo pero no los que lo habían planificado. «Ahora ya están todos lo que tenían que estar», concluyó.
Por su parte, la sección 15 de la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado un auto que deja sin efecto la inhibición que acordó el Juzgado de Instrucción 3 de Madrid a favor de la jurisdicción militar por los hechos ocurridos a partir de las 12:30 horas del 4 de diciembre, momento de la publicación del real decreto que estableció el estado de alarma.
El auto señala que «no se desprende la existencia de ningún conflicto en el aeropuerto con posterioridad a la publicación del real decreto que declara el estado de alarma o que se hubiera producido una contravención de las órdenes dadas por las autoridades militares».
Por ello, los retrasos y suspensiones de vuelos, aun cuando se hubieren producido con posterioridad a la entrada en vigor del citado real decreto, «serían consecuencia de hechos anteriores y del conflicto surgido con anterioridad», señala la Audiencia .