Madrid.- Por una Resolución de la Dirección General de Trabajo aparecida el pasado sábado en el Boletín Oficial del Estado se registra y publica el III Convenio colectivo de asistencia en tierra (handling) de Flightcare, SL.
El texto del III Convenio colectivo de asistencia en tierra (handling) para el personal que presta servicios en la empresa Flightcare, S.L. fue suscrito con fecha 27 de abril de 2011, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y, de otra, por las organizaciones sindicales CC.OO., UGT y USO-STA, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
La Dirección General de Trabajo resolvió ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.