Madrid.- Ayer entró en vigor la Ley 1/2011, de 4 de marzo, por la que se establece el Programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil y se modifica la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, tras su publicación el pasado sábado en el Boletín Oficial del Estado.
Una de las finalidades más importantes perseguidas por este Programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil es la modernización de la normativa aeronáutica en lo concerniente a la prevención de riesgos y mejora de las condiciones de seguridad operacional, según asegura el preámbulo de esta norma.
Este Programa, que forma parte de un nuevo enfoque de carácter preventivo en la vigilancia de la seguridad operacional, permitirá el establecimiento de un sistema de gestión de seguridad integrado por objetivos, reglas y actividades encaminadas a mejorar la seguridad operacional.
La nueva normativa modifica la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil para fortalecer la independencia de sus miembros y reforzar el control parlamentario en la designación de su presidente y en el seguimiento de sus actuaciones.
Asimismo se refuerza la protección de los usuarios del transporte aéreo al posibilitar un mayor control del cumplimiento por las compañías aéreas de las obligaciones impuestas por la normativa comunitaria en materia de derechos de los usuarios del transporte aéreo. Por último, se impone a los operadores aéreos la obligación de transportar gratuitamente, como equipaje de mano, los objetos adquiridos en las tiendas situadas en las áreas de embarque para evitar prácticas lesivas para los derechos de los pasajeros y la actividad comercial de los aeropuertos.
El Programa creado por esta Ley regula el régimen de ingresos de la nueva sociedad mercantil Aena Aeropuertos, S. A. y de las filiales de ésta que en el futuro se creen.
Pero quizá uno de los elementos más llamativos de la nueva norma es la introducción de un nuevo artículo 48 bis titulado “Infracciones en relación con control del tránsito aéreo” y que constituye un verdadero catálogo de faltas con su respectivo repertorio de sanciones.