Madrid.- Varios Juzgados de lo Social de Madrid y Palma de Mallorca han desestimado las solicitudes de extinción de contrato presentadas por controladores aéreos que reclamaban modificación sustancial de sus contratos de trabajo, según informó Aena.
En la sentencia del Juzgado de lo Social nº 7 de Madrid se desestima la solicitud de un controlador aéreo que reclamaba la modificación sustancial de sus condiciones de trabajo por el recorte de su salario como consecuencia de la aplicación del Real Decreto Ley del 5 de febrero y de la Ley 9/2010. El juzgado asume las tesis de la sentencia de la Audiencia Nacional contra la demanda de conflicto colectivo presentada por la Unión Sindical de Controladores Aéreos contra las citadas normas.
En el caso del Juzgado nº 1 de Palma de Mallorca, basa también su fallo en la sentencia de la Audiencia Nacional y asegura que la modificación de las condiciones de trabajo no son consecuencia de “la resolución del órgano competente, es decir, de un órgano de la Administración Pública, sino que se trata de la aplicación de una Ley aprobada por el poder legislativo frente a la que la Administración y los ciudadanos no tienen otra alternativa que darle cumplimiento”.
Por último, el Juzgado de lo Social nº 4 de Madrid ha fallado también a favor de Aena en la demanda de un controlador aéreo al que se le denegó la concesión de la LER, tras la entrada en vigor del Real Decreto Ley del 5 de febrero. El Juzgado considera que en este caso no se trata de una aplicación retroactiva de la Ley “pues la norma se ha aplicado desde que entra en vigor, sino de fijar la fecha de efectividad del derecho del actor a pasar a la LER que, dado que no tendría lugar hasta el día 31-3-2010, le es íntegramente de aplicación el Real Decreto Ley mencionado”.