Luxemburgo.- España es el país de la Unión Europea (UE) donde los pasajeros aéreos presentan más reclamaciones ante los organismos nacionales competentes, según el informe del Tribunal de Cuentas Europeo (TCE) publicado el pasado viernes con el título “Los pasajeros de la UE disfrutan de plenos derechos, pero todavía tienen que luchar por hacerlos respetar”.
Según las estadísticas de las reclamaciones tramitadas por los diez organismos nacionales competentes del transporte aéreo correspondientes a los años 2015 a 2017, España registró 11.343 reclamaciones en 2015, 17.649 en 2.016 y 16.700 en el pasado año.
El informe del TCE destaca que en el caso de la mayoría de los organismos nacionales competentes, el número de reclamaciones recibidas en los tres últimos años refleja una tendencia al alza. La razón principal de las reclamaciones de los pasajeros a los organismos nacionales competentes, según el TCE, es el desacuerdo sobre si los retrasos fueron causados realmente por circunstancias extraordinarias (una media del 45% de las reclamaciones), seguida por la misma cuestión respecto a las cancelaciones (19%).
Las estadísticas muestran que los organismos nacionales competentes del transporte aéreo tramitan muchas más reclamaciones que los organismos nacionales competentes del transporte ferroviario, por vías navegables o en autobús.
Los organismos de resolución alternativa de litigios aportan elementos de negociación y compromiso a la aplicación de los derechos de los pasajeros.
Aparte de los organismos nacionales competentes, los pasajeros pueden acudir a otras entidades para reclamar sus derechos, concretamente, a organismos de resolución alternativa de litigios, Centros Europeos de Consumidores (CEC)23, agencias de reclamaciones u organizaciones de consumidores. También pueden intentar resolver sus casos en tribunales civiles, especialmente si insisten en obtener compensación.
Los organismos de resolución alternativa de litigios ofrecen una solución extrajudicial sencilla, rápida y asequible para los litigios entre consumidores y comerciantes. Según la Directiva de la UE24, los organismos de resolución alternativa de litigios deberían estar disponibles para todo tipo de litigios nacionales y transfronterizos y los Estados miembros deben facilitar la accesibilidad de dichos organismos. Aunque existen organismos de resolución alternativa de litigios que tratan reclamaciones generales de consumidores en todos los Estados miembros, las empresas de transporte en general colaboran mayoritariamente con los organismos de resolución alternativa de litigios para sus respectivos modos de transporte. Las opiniones de dichos organismos no siempre son vinculantes para las empresas de transporte, señala el TCE.