Bruselas.- El Consejo de la Unión Europea ha acordado una propuesta de normas cuyo objetivo es garantizar una competencia leal entre las compañías aéreas de la Unión Europea (UE) y de terceros países que operan en la UE. Al mismo tiempo, se pretende mantener las condiciones propicias para un alto nivel de conectividad en toda la UE.
En concreto, la propuesta establece procedimientos para investigar casos de prácticas distorsionadoras de la competencia entre compañías aéreas de la UE y de terceros países y para determinar la adopción de medidas correctoras.
“El transporte aéreo es una importante fuerza motriz de la economía de la UE pues fomenta las innovaciones tecnológicas avanzadas, la creación de empleo y una mayor conectividad para los ciudadanos, tanto dentro de la Unión como con el resto del mundo. Una vez adoptado, este acto jurídico proporcionará al sector europeo de la aviación un instrumento similar a los existentes en la esfera internacional relativos a otros ámbitos de la actividad comercial”, asegura Ivaylo Moskovski, ministro de Transportes, Tecnologías de la Información y Comunicaciones de Bulgaria.
El Reglamento propuesto sustituirá a otro Reglamento en vigor que adolece de varias carencias y que nunca se ha utilizado en la práctica. Si bien la aviación es un sector de carácter internacional, no existe actualmente ningún marco bajo los auspicios de la Organización Mundial del Comercio o de la Organización de Aviación Civil Internacional que rija la competencia entre las compañías aéreas.
Las condiciones para una competencia leal entre compañías aéreas pueden abordarse en el marco de los acuerdos de transporte aéreo o de servicios aéreos. Sin embargo, la mayoría de los acuerdos de esa índole que la UE o sus Estados miembros han celebrado con terceros países no incluyen normas sobre la competencia leal.
La orientación general del Consejo prevé un único procedimiento que se aplicaría con independencia del tipo de acuerdo sobre aviación (acuerdo global de la UE o acuerdo bilateral de transporte aéreo). Toda medida correctora que tome la forma de obligaciones financieras se adoptaría mediante un acto de ejecución de la Comisión. Las medidas de carácter operativo requerirán una Decisión del Consejo. Quedan explícitamente excluidos como posibles medidas correctoras los derechos de tráfico.
La propuesta, presentada por la Comisión en junio de 2017, forma parte de la Estrategia de aviación para Europa, iniciativa lanzada por la Comisión en diciembre de 2015.