Madrid.- Por una Resolución de la Dirección General de Aviación Civil que este jueves aparece en el Boletín Oficial del Estado (BOE) se publican las Instrucciones Técnicas para el Transporte Seguro de Mercancías Peligrosas por vía aérea.
Para asegurar la uniformidad en las disposiciones aplicables a todos los sujetos que intervienen en el transporte aéreo de mercancías peligrosas y en todas las operaciones aéreas, la disposición adicional segunda del Real Decreto 552/2014, de 27 de junio, por el que se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea y se modifica el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea, remite en todos los casos a la aplicación de lo dispuesto en el anexo IV (parte CAT), apartado CAT.GEN. MPA.200 del Reglamento (UE) nº 965/2012, esto es, a la última modificación aplicable del Anexo 18 de OACI y de las Instrucciones Técnicas para el Transporte Seguro de Mercancías Peligrosas por vía Aérea.
Para asegurar el principio de publicidad de las normas y por razones de seguridad jurídica, por razones de interés general, conforme a lo previsto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se acuerda dar publicidad como anexo a las Instrucciones Técnicas para el Transporte Seguro de Mercancías Peligrosas por vía aérea.