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Los litigios entre tripulantes y compañías serán juzgados donde aquellos cumplen la mayor parte de sus obligaciones

29/04/2017
en Profesionales

Luxemburgo.- Los litigios relativos a los contratos de trabajo de tripulantes de vuelo de las compañías aéreas son competencia del juez del lugar en el cual o a partir del cual aquéllos cumplan la parte principal de sus obligaciones frente al empresario, según el Abogado General Saugmandsgaard Øe, del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

El juez nacional, deberá determinarlo a la luz de todas las circunstancias pertinentes, en particular, del lugar en el que el trabajador comience y termine su jornada de trabajo.

Ryanair y Crewlink son sociedades irlandesas cuya sede social está en Irlanda. Ryanair se dedica al sector del transporte aéreo internacional de pasajeros. Crewlink se especializa en la selección y formación de personal de tripulación para las compañías aéreas. Entre 2009 y 2011 Ryanair y Crewlink contrataron a determinados trabajadores de nacionalidad portuguesa, española y belga (en el caso de Crewlink, para ponerlos a disposición de Ryanair) en condición de tripulantes de cabina.

Los contratos de trabajo designaban el aeropuerto de Charleroi como base («home base») de los trabajadores. éstos quedaban obligados por dichos contratos a residir a menos de una hora de la base. Comenzaban y terminaban su jornada de trabajo en ese mismo aeropuerto. Al estimar que las sociedades Crewlink y Ryanair estaban obligadas a cumplir y aplicar lo dispuesto en el Derecho belga y considerar que los tribunales belgas tienen competencia para conocer de su pretensión, seis de los trabajadores acudieron en 2011 a la justicia belga.

La Cour du travail de Mons (Tribunal Laboral Superior de la localidad de Mons, Bélgica) estima que existen dudas sobre su competencia para conocer del litigio, por lo que decidió preguntar al Tribunal de Justicia por la interpretación que deba darse al Reglamento de la Unión sobre competencia judicial en materia civil y mercantil, y en particular por el concepto de «lugar en el que el trabajador desempeñare habitualmente su trabajo» en el contexto específico del sector de la navegación aérea.

En las conclusiones que ha presentado ahora, el Abogado General Henrik Saugmandsgaard Øe propone que el Tribunal de Justicia aplique su jurisprudencia reiterada en materia de contratos de trabajo desempeñados en territorio de varios Estados miembros y que conteste que será competente el juez del lugar en el cual o a partir del cual el trabajador cumpla la parte principal de sus obligaciones frente al empresario.

Según el Abogado General, el lugar mencionado lo determinará el juez nacional, a la luz de todas las circunstancias pertinentes, y en particular teniendo en cuenta:

– el lugar en el que el trabajador comienza y termina su jornada de trabajo;

– el lugar en el que están habitualmente estacionados los aviones a bordo de los que el trabajador desempeña su trabajo;

– el lugar en el que el trabajador tiene conocimiento de las instrucciones comunicadas por su empresario y organiza su jornada de trabajo;

– el lugar en el que está obligado por contrato a residir;

– el lugar en el que se sitúa un despacho que el empresario pone a su disposición; y

– el lugar al que debe desplazarse en caso de incapacidad laboral y problema disciplinario.

Si bien subraya que corresponde a la Cour de travail de Mons aplicar dichos criterios a la situación concreta de la que conoce, el Abogado General opina, con carácter indicativo, que los seis criterios que se han mencionado designan unívocamente a los tribunales del lugar en que se halla el aeropuerto de Charleroi.

Precisa, además, que el hecho de que el trabajador sea empleado directamente por Ryanair o puesto a disposición de Ryanair por Crewlink no es en este contexto un criterio pertinente.

En cambio, la base es un dato de pertinencia indirecta y lo es en la medida en que se solapa en particular con el criterio del lugar en el que los trabajadores comienzan y terminan su jornada de trabajo.

En cuanto a la nacionalidad de los aviones a bordo de los que efectúan sus prestaciones los tripulantes de cabina, el Abogado General estima que el juez nacional no puede tenerla en cuenta a la hora de determinar el lugar en que dichos trabajadores desempeñan habitualmente su trabajo.

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