Madrid.- La compañía Air Europa deberá abonar a sus pilotos las cuotas del seguro de pérdida de licencia, que la aerolínea decidió unilateralmente dejar de pagar en 2012, al estimar parcialmente el Tribunal Supremo el recurso de casación que interpuso el Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (Sepla) contra una sentencia de la Audiencia Nacional de febrero de 2013.
El Supremo declara “el derecho del colectivo de pilotos a que Air Europa les abone las mensualidades de la póliza de garantía de la pérdida de licencia temporal o definitiva que han dejado de ser abonadas desde mayo de 2012, debiendo continuar abonando dicha póliza” y condena a la aerolínea demandada a “estar y pasar por esta declaración y a darle efectivo cumplimiento”.
El conflicto comenzó hace dos años y medio, cuando la aerolínea dejó de abonar las primas del seguro que cubre el riesgo de la pérdida temporal y definitiva de la licencia de piloto, así como del fallecimiento. El Sepla denunció este hecho ante la Audiencia Nacional, que lo desestimó en primera instancia, ante lo que el sindicato decidió interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, del que ahora se ha conocido la sentencia.
El Tribunal Supremo reconoce así el derecho de los pilotos al abono de primas de seguros por pérdida temporal y pérdida definitiva de licencia “por tratarse de una condición más beneficiosa”, e insta a Air Europa a pagar a sus pilotos, con efecto retroactivo, las cuotas impagadas desde abril de 2012.