Bruselas.- La Comisión Europea llegó a la conclusión de que las concesiones de 14 aeropuertos regionales en Grecia se otorgaron en condiciones de mercado y, por tanto, no constituye ayuda estatal. Los contratos de concesión son parte de los compromisos asumidos por Grecia en el marco del programa de apoyo a la estabilidad.
En 2014, Grecia concedió dos concesiones al consorcio alemán-chipriota Fraport AG-Slentel Ltd relativas a la remodelación, mantenimiento, administración y operación de 14 aeropuertos regionales griegas en total. A cambio, Fraport AG-Slentel le pagará los derechos de concesión al Estado griego. Grecia había acordado otorgar la concesión para los aeropuertos como parte de sus obligaciones en el marco del programa de apoyo a la estabilidad.
Los contratos de concesión se concluyeron en diciembre de 2015 y posteriormente fueron ratificados por el Parlamento griego. Posteriormente, Grecia consultó a la Comisión en octubre de 2016 para obtener la confirmación de que no constituyen una ayuda de Estado.
De acuerdo con las normas de la UE, una concesión para la explotación comercial de la infraestructura puede considerarse una ayuda de Estado libre, si se conceden en condiciones que un agente privado en condiciones de mercado habría aceptado cuando ofrece una concesión para activos similares.
La Comisión considera que las condiciones de los contratos de concesión estaban en línea con las condiciones del mercado, en particular, debido a que éstos fueron celebrados tras una licitación competitiva, transparente y no discriminatoria. Además, consideró que Grecia había seleccionado la mejor oferta presentada en el marco de la presente licitación, se han otorgado concesiones a la empresa cuya oferta generaría los mayores ingresos al Estado griego. Sobre esta base, se concluyó que el Estado griego había hecho concesiones en cuanto a que un jugador privado también sería aceptado.
La Comisión también consideró que la disposición o adquisición de algunos servicios públicos por parte del Estado griego (tales como el tráfico aéreo, la policía y de aduanas en los aeropuertos en cuestión) no proporcionan una ventaja económica para el operador de aeropuerto y, por tanto, no constituye una ayuda estatal en favor de este último.
Los contratos de concesión no constituyen ayudas de Estado a Fraport AG-Slentel Ltd de conformidad con las normas de la UE.
La decisión de la Comisión cumple una de las condiciones que deben cumplirse para que los contratos de concesión puedan entrar en vigor.