Madrid.– El Consejo de Ministros del pasado viernes aprobó sendos acuerdos en materia aeronáutica entre el Reino de España y la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China, por un lado, y con la República de Colombia, por otro.
En virtud del primero, se establece el marco legal que proporciona cobertura a los enlaces aéreos entre España y Hong Kong. Con relación a su contenido, se han establecido principios muy flexibles en cuanto al régimen de operaciones que se pueden realizar. De este modo, se fortalecen las relaciones mutuas en el ámbito del transporte aéreo comercial y se sientan las bases para el desarrollo de más y mejores servicios aéreos entre España y Hong Kong.
El mercado de transporte regulado por dicho marco legal es liberalizado y se permite la explotación de servicios aéreos por tantas compañías como desee designar cada parte. Además, no se establecen límites en el número de vuelos directos y se deja plena libertad a las compañías para escoger las frecuencias semanales y el tipo de aeronave a utilizar. Respecto a los posibles destinos, se permite a las compañías aéreas explotar servicios entre cualesquiera puntos en España y Hong Kong seleccionados por sus respectivas autoridades. El convenio otorga, igualmente, un tratamiento flexible a los servicios exclusivos de carga.
Por otro lado, el Consejo de Ministros ha aprobado la firma "ad referéndum" del Acuerdo sobre transporte aéreo entre el Reino de España y la República de Colombia, que reemplazará al Convenio anterior del año 1951. El nuevo texto actualiza y flexibiliza el marco legal que proporcionaba cobertura a los enlaces aéreos entre ambos países, dentro de un marco adecuado a la normativa comunitaria.
Por lo que respecta a su contenido, se han establecido principios muy flexibles en cuanto al régimen de operaciones que se pueden realizar entre España y Colombia, como, por ejemplo, permitiendo que las compañías aéreas de los dos países puedan operar a todos los puntos en el territorio del otro país, con lo que se eliminan las restricciones previamente existentes, o facilitando la operativa del código compartido, de manera que puedan firmar acuerdos de este tipo con compañías de otros países para realizar vuelos entre España y Colombia.
En resumen, se fortalecen las relaciones mutuas en el ámbito del transporte aéreo comercial, y se sientan las bases para el desarrollo de más y mejores servicios aéreos entre los dos países.