Madrid.- La Sala Primera del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de la compañía aérea irlandesa de bajo coste Ryanair que pedía que se condenase a la asociación de consumidores Facua por lesión de su derecho al honor, por sus comentarios relativos a que dicha compañía aérea “tomaba el pelo a sus clientes”, y que incurrían en “estafas” y “fraudes”.
La sentencia considera que en este caso prima la libertad de expresión de la asociación de consumidores sobre el derecho al honor de Ryanair.
"Por más que emplease expresiones ofensivas, si se toman en cuenta aisladamente -dice la sentencia sobre Facua-, dejan de serlo cuando se relacionan con las circunstancias subjetivas antes expuestas y con la indudable relevancia pública o interés general de la materia a las que se refieren, pues unas y otra son las que le atribuyen sentido como crítica de una actuación comercial que ha generado notorias discrepancias en el mercado".
El Supremo desestima los recursos extraordinarios de casación y por infracción procesal presentados por Ryanair. Así, queda ratificada la sentencia dictada en noviembre de 2012 por la Audiencia Provincial de Sevilla. La Audiencia desestimó el recurso de apelación interpuesto por Ryanair contra la sentencia dictada en marzo de 2012 por el Juzgado de Primera Instancia número 22 de Sevilla y la confirmó en todos sus términos, condenando de nuevo a la compañía aérea a pagar las costas del procedimiento.