Madrid.- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), en cumplimiento de una sentencia del Supremo, ha dado dos meses al Ministerio de Fomento y a Aena para que justifiquen la adopción de medidas precisas que acaben con el ruido de aviones en la urbanización madrileña Ciudad Santo Domingo, según un auto dictado la pasada semana, al que tuvo acceso este diario.
Se pretende poner fin así a un proceso iniciado hace ya 10 años, concretamente, el procedimiento de derechos fundamentales nº 109/2004 sobre el que se han pronunciado ya en numerosas ocasiones tanto el TSJM como el Tribunal Supremo y siempre de forma nada favorable para Aena que, a decir de expertos en la materia, puede resultar excesivamente oneroso para la empresa pública gestora de los aeropuertos españoles.
La última sentencia del Supremo, del pasado 7 de octubre, declaró incumplida otra de cinco años antes del mismo Alto Tribunal que obligó a Aena a cesar en la vulneración del derecho fundamental a la intimidad en el domicilio y constataba que no se ha eliminado la causa de la lesión de ese derecho fundamental: “no puede tenerse por eliminada la causa de la lesión del derecho fundamental a la intimidad en el domicilio y se impone la estimación de los recursos de casación y la anulación de los autos impugnados”, concluyó el Supremo.
El último fallo del Alto Tribunal ordenó a la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJM a que “requiriese a la Administración y a Aena para que justificaran, en el plazo que debería fijar también, la adopción de las medidas precisas para que cese el ruido causante de la vulneración del derecho fundamental de los recurrentes” cuando el aeropuerto de Barajas opera en Configuración Sur.
Más de cinco meses ha tardado en tener entrada en el TSJM esa última sentencia del Tribunal Supremo, según el auto de aquél dictado el pasado día 24 y firmado por cinco jueces y del que ha sido ponente la magistrada María ángeles Huet de Sande.
El pasado jueves, la Sala Novena de lo Contencioso-administrativo del TSJM, en cumplimiento de la última sentencia del Supremo del pasado 7 de octubre, convocó a las partes contendientes y al Ministerio Fiscal. Tras oir a las partes, el TSJM “no consideró necesaria, por el momento, la prueba pericial a practicar y, siguiendo las instrucciones de la sentencia del Supremo y dado que ésta no ha sido ejecutada, permaneciendo por tanto la lesión del derecho fundamental, procede requerir a la Administración y a Aena para que justifiquen en el plazo de dos meses la adopción de medidas precisas para que cese el ruido causante de la vulneración del derecho fundamental a la intimidad de los recurrentes”, concluye el auto del TSJM.
Las consecuencias podrían ser dramáticas para Aena y especialmente para el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, que en los dos últimos años ha perdido unos 10 millones de pasajeros. A juicio de expertos aeroportuarios consultados por este diario la ejecución de la sentencia podría obligar a cerrar la pista 18R que es la que ocasiona el sobrevuelo de la urbanización Ciudad Santo Domingo. Ello supondría reducir de unas 49 a 24 operaciones. “Así sería inútil que la ministra de Fomento buscara compañías aéreas, porque el aeropuerto madrileño no podría admitirlas. Eso o una indemnización multimillonaria o la expropiación”, manifestaron a este diario fuentes próximas al problema.