Madrid.- La sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) sobre el Colegio de Ingenieros Aeronáuticos (COIAE) y la ejecución de la misma enfrentan a 6 de los actuales gestores -que en acatamiento de la resolución judicial renunciaron a los cargos que venían detentando- y a otros dos que se resisten a cumplirla y a abandonar la sede colegial.
Las turbulencias volvieron el pasado jueves al seno de la administración de ese colegio profesional reabriéndose con el incumplimiento de una resolución judicial firme del TSJM la crisis que éste había cerrado y que fue iniciada hace siete añ;os con la actitud díscola y rebelde de un decano cesado por su Junta Directiva.
Dicha sentencia firme, dictada en diciembre del pasado añ;o declaró ajustado a derecho el cese en 2006 del entonces decano del COIAE, Antonio Martín Carrillo, por parte de la mayoría de su Junta Directiva y desestimó definitivamente el recurso de éste contra su destitución. El fallo reconocía, además, que el cesado no tenía atribución para convocar una Junta General extraordinaria que dio origen a una cadena de elecciones y nombramientos de cargos.
“Las sentencias me las paso yo por los c…”, dijo públicamente en una Junta General -de cuya transcripción taquigráfica ha tenido conocimiento este diario de fuentes colegiales- un vetusto colegiado integrante del irregular equipo de gestores que acompañ;aron al no menos ilegal decano cesado al conocer el fallo judicial. El propio decano cesado, incumpliendo sucesivamente tres resoluciones judiciales que desestimaron su pretensión de suspender cautelarmente su cese, tomó la sede colegial por la fuerza y durante más de tres añ;os ejerció y dispuso del Colegio como si no hubiera sido cesado por un acto administrativo -inmediatamente eficaz y ejecutivo- y siguiera siendo legalmente su decano.
La Constitución Españ;ola en su artículo 36 establece que “la estructura interna y el funcionamiento de los colegios profesionales deberán ser democráticos”. Y en su artículo 118 dice: “Es obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los Jueces y Tribunales, así como prestar la colaboración requerida por éstos en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto”.
Según ha sabido este diario, el jueves de la pasada semana, mes y medio después de hacerse pública la última resolución judicial, cinco miembros -otro más, ausente, se adhirió al parecer por delegación- del hasta ahora equipo gestor del COIAE, con Felipe Navío al frente, en cumplimiento del mandato constitucional, optaron por renunciar al cometido que habían venido desempeñ;ando, en acatamiento de la sentencia y el auto de ejecución de la misma que ordenan recuperar la competencia perdida hace más de seis añ;os por parte de la Junta Directiva que cesó al entonces decano del COIAE “para llevar por sí misma a puro y debido efecto las resoluciones recurridas”. Algunos, incluso a la firma de su renuncia añ;adieron la causa: “por imperativo legal”.
Sólo dos miembros del equipo de Navío -“últimos residuos del grupo de gestores creado hace seis añ;os en el COIAE por el decano cesado”, según explicaron fuentes colegiales-, se negaron a compartir la decisión del resto de sus compañ;eros y se resistieron a dejar el barco colegial, “optando por perpetuar la antidemocrática, anticonstitucional e ilegal situación en que vive la corporación desde hace más de media docena de añ;os, atrincherándose -como entonces hiciera el decano cesado-, en la sede oficial del COIAE, negando el acceso a la legítima Junta Directiva”, tal y como manifestaron diversos colegiales y, por supuesto, impidiendo que dicha Junta “recobre su competencia”, como ordena el auto de ejecución de sentencia del TSJM y al que están obligados por imperativo constitucional.
Curiosamente, cuando estaba previsto el cese del ejercicio de sus funciones por los actuales gestores y el traspaso de la documentación administrativa y económica del COIAE a la legítima Junta Directiva, refrendada por sentencia firme del TSJM, se revivió el esperpento, la división y el enfrentamiento entre los hasta ahora administradores de la Corporación.
Las amenazas de nuevas querellas y los cruces de acusaciones entre la mayoría dimisionaria y los dos partidarios de mantenerse en la gestión del COIAE sin respetar la sentencia firme del TSJM y el auto de ejecución de la misma han provocado que toda la documentación económica del Colegio haya sido depositada en un notario hasta que la legítima Junta Directiva pueda recobrar su competencia y el pacífico acceso y uso de la sede oficial que hasta ahora les han sido prohibidos por parte de los dos colegiados indóciles al mandato constitucional que obliga a “cumplir las sentencias firmes de los Jueces y Tribunales, así como prestar la colaboración requerida por éstos en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto”.
Como expresión de la estrambótica situación surgida, el pasado viernes aparecía colgada en la web colegial una intitulada “Nota de Prensa: Cambios en el COIAE/AIAE”, en la que, a decir de las fuentes informantes, “torticeramente se oculta que la motivación de la decisión de los dimisionarios era precisamente el cumplimiento de la sentencia y la ejecución de la misma, en contra de su actitud de franco desacato”.
La supuesta “nota de prensa” publicada en la web colegial, textualmente dice: “Tras la Junta Directiva del 4 de julio de 2013, queremos poner en vuestro conocimiento que el Decano D. Felipe Navío Berzosa y cuatro miembros de dicha Junta han decidido presentar su dimisión anticipándose a su ya próximo fin de mandato en cuatro casos para lo que se procedió según los Estatutos y Reglamentos a convocar una Asamblea General para la elección de los cargos vacantes. La actual Junta tiene como Decano en funciones (y Vicedecano) a D. Leandro B. Fernández Sainz, en virtud del artículo 32 del Reglamento del COIAE. En el caso de la Asociación el Presidente en funciones (y Vicepresidenta) Dª Mercedes Oliver Herrero, en virtud del artículo 46 del Reglamento de la AIAE”.
Las mismas fuentes colegiales informantes expresaron su sorpresa ante “la falsedad en la que incurría el anuncio aparecido en la web al decir ‘que se procedió según los Estatutos y Reglamentos a convocar una Asamblea General para la elección de los cargos vacantes’, puesto que -según dichas fuentes- los firmantes de la nota en cuestión parecen ignorar, como ha reconocido la reciente sentencia del TSJM, que no tienen atribuciones para convocar legalmente una Asamblea General del COIAE, ya que, además de no formar parte de la Junta Directiva legal ratificada por dicha sentencia, aún en el supuesto caso de que lo fueran, conforme a los Estatutos del Colegio, esa convocatoria sería inválida”. En efecto, tal como establecen dichos Estatutos colegiales, la convocatoria de Junta General extraordinaria, para ser válida, sólo puede ser realizada mediante acuerdo de más de cuatro miembros de Junta Directiva, lo que resulta materialmente imposible, como es obvio, para los dos disidentes, añ;adieron las mismas fuentes colegiales.
“Se ha reeditado así en el COIAE el caso Martín-Carrillo, el esperpento de ilegalidad generado hace seis añ;os, incumpliendo la legalidad vigente y las sentencias firmes y aferrándose a las claves del poder”, concluyeron las fuentes informantes, Se revive también de nuevo el enfrentamiento entre la mayoría y la minúscula minoría del equipo gestor del Colegio, mientras la legítima Junta Directiva, ajena al conflicto y turbulencias desatados en el seno del grupo administrador, espera pacientemente poder acceder a la sede colegial para recobrar sus competencias, conforme ordena la sentencia del TSJM.